Se modifican los modelos 309 y 030
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Se modifican los modelos 309 y 030

Última revisión
21/12/2017

Se modifican los modelos 309 y 030

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Materias: fiscal

Fecha: 21/12/2017

Se modifican los modelos 309 y 030
Se modifican los modelos 309 y 030

Se publica en el BOE la Orden HFP/1247/2017, de 20 de diciembre que modifica el modelo 309 y el modelo 030.

 

MODELO 309

La aprobación de la Orden HFP/1247/2017, de 20 de diciembre se justifica principalmente por la necesidad de incorporar dos mejoras de carácter técnico en el modelo 309 Declaración-liquidación no periódica del IVA.

? El primero de los cambios incorporados en el modelo 309 consiste en incluir como dato identificativo del transmitente de medios de transporte nuevos, el número de identificación fiscal a efectos del IVA.

La segunda de las mejoras incorporadas responde a la conveniencia de identificar al adjudicatario, que tenga la condición de empresario o profesional, en los procedimientos administrativos o judiciales de ejecución forzosa a que se refiere la disposición adicional sexta de la LIVA. ? Esta disposición adicional sexta faculta al adjudicatario para que, entre otras, presente la declaración-liquidación correspondiente en nombre y por cuenta del sujeto pasivo. En la disposición adicional quinta del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido se determinan las condiciones y requisitos para el ejercicio de las facultades atribuidas.

**

Dado que la presentación del modelo 309 tiene carácter electrónico, con la inclusión de la identificación del adjudicatario en la autoliquidación, este podrá, sin necesidad de estar apoderado, hacer uso de las diferentes formas de presentación utilizando los sistemas de identificación especificados en la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre.

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El nuevo modelo será utilizado para presentar las autoliquidaciones correspondientes al ejercicio 2018 y siguientes.

 

MODELO 030

Por otra parte, en relación al modelo 030, se procede a la modificación de la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre.

Las modificaciones realizadas en el modelo 030 Censo de obligados tributarios-Declaración censal de alta, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales son mejoras principalmente de carácter técnico entre las que destaca como novedad la creación de un apartado específico de datos de teléfonos y direcciones electrónicas para recibir avisos de carácter meramente informativos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La cumplimentación de este nuevo apartado implica la concesión de la autorización para recibir los mencionados avisos informativos.

Las modificaciones para el modelo 030, de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, estarán disponibles a partir del 5 de abril de 2018.

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