Las Mutuas seguirán pagando la prestación de cese de actividad hasta el 30 de junio
Noticias
Las Mutuas seguirán pagan...0 de junio

Última revisión
29/05/2020

Las Mutuas seguirán pagando la prestación de cese de actividad hasta el 30 de junio

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Relacionados:

Materias: laboral

Fecha: 29/05/2020

autónomo movil
autónomo movil

El Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, ha modificado por cuarta vez el art. 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, por el que se regula la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos afectados por declaración del estado de alarma ente la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En concreto se modifica el apartado 4 del artículo 17, que queda redactado como sigue:

«4. La prestación extraordinaria por cese de actividad regulada en este artículo tendrá una duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma, en el supuesto de que este se prorrogue y tenga una duración superior al mes. El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado, no existirá obligación de cotizar y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.

Las cotizaciones por las que no exista obligación de cotizar serán a cargo de los presupuestos de la Seguridad Social en el caso de la aportación por contingencias comunes, de las mutuas colaboradoras o, en su caso, entidad gestora correspondiente, en el caso de la aportación por contingencias profesionales y cese de la actividad, y con cargo a los presupuestos de las entidades correspondientes en el caso del resto de aportaciones.»

Las asociaciones de autónomos solicitan prorrogar la prestación

Qué condiciones tendrá el cese de actividad tras el 30 de junio sigue siendo una incógnita. En paralelo al cambio normativo tratado, ATA y UPTA, asociaciones mayoritarias dentro del colectivo de personas trabajadoras autónomas, han presentado ante el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, una propuesta para extender la prestación extraordinaria por cese de actividad más allá del 30 de junio y hacerlo en función de restricciones a la actividad sobrevenidas y con el criterio de descenso de los ingresos. 

Dudas sobre los criterios para acreditar las pérdidas necesarias

Este aspecto, controvertido desde el principio por la falta de claridad normativa, se ha puesto nuevamente de actualidad al conocerse que las mutuas están pidiendo la devolución o cambios en la solicitud de la prestación por cese de actividad de marzo a algunos de estos autónomos dada la necesidad de acreditar perdidas de un 75% de en los ingresos el mes completo y no solo desde el 14 de marzo, día que se declaró el estado de alarma.

Prestación extraordinaria por cese de actividad ante COVID-19

 

 

 

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Regímenes y sistemas especiales de la Seguridad Social. Paso a paso
Disponible

Regímenes y sistemas especiales de la Seguridad Social. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

14.50€

13.78€

+ Información

Régimen especial de trabajadores agrarios. Paso a Paso
Disponible

Régimen especial de trabajadores agrarios. Paso a Paso

Dpto. Documentación Iberley

13.60€

12.92€

+ Información

Prestaciones de origen profesional
Disponible

Prestaciones de origen profesional

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información