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Materias: penal, procesal

Fecha: 23/04/2015

La Sala de lo Penal en Pleno archivó ayer por unanimidad las dos causas que se seguían contra China por el genocidio cometido en el Tibet y la represión contra el grupo Falun Gog, que se había acordado anteriormente por la Audiencia Nacional.

El Tribunal Supremo avala la decisión tomada en junio de 2014 por la Audiencia nacional, con misma argumentación: la reforma del artículo 23 de la LOPJ, que limitó la justicia universal. La modificación de este artículo impide la actuación contra personas sin nacionalidad española, que no residen habitualmente en España y a las que se deniega su extradición por parte de las autoridades nacionales.

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