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Última revisión
14/10/2016

El BON del 14 de octubre de 2016 publica la modificación de la Orden Foral 105/2013, de 25 de marzo, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo por la que se aprueba el modelo 136, «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación».

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Materias: fiscal

Fecha: 14/10/2016

Navarra modifica la forma de presentación y el modelo 136 de Autoliquidación sobre el Gravamen especial de premios de determinadas loterías y apuestas.

Los contribuyentes no residentes sin establecimiento permanente que hubieran obtenido los premios previstos en la mencionada disposición adicional trigésima séptima del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado mediante Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, también estarán obligados a presentar una declaración por este gravamen especial, determinando el importe de la deuda tributaria correspondiente, e ingresar su importe. No existirá obligación de presentar la citada declaración cuando el premio obtenido hubiera sido de cuantía inferior al importe exento o se hubiera practicado en relación con el mismo la retención o el ingreso a cuenta previsto.

Modelo 136. Autoliquidación. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.

1. Se aprueba el modelo “Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación”, así como la carta de pago 790.

2. Forma de presentación: La presentación podrá realizarse, tanto en papel impreso, como por vía telemática a través de Internet (La Orden regula las condiciones generales para la presentación telemática del modelo y el procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo)

3. Plazo de presentación e ingreso: La presentación se efectuará en los primeros veinte días naturales del mes siguiente a la finalización de cada trimestre natural del año, en relación con los premios cobrados en el trimestre natural anterior, excepto en las declaraciones correspondientes al segundo y cuarto trimestres, cuyos plazos de presentación e ingreso finalizarán los días 5 de agosto y 31 de enero del año siguiente, respectivamente.

El ingreso, por su parte, se efectuará en cualquier entidad colaboradora de la Hacienda Tributaria de Navarra, mediante Carta de pago modelo 790 o cualquiera de los restantes medios de pago admitidos a tal efecto.

4. Sustitución de las instrucciones del modelo: Se sustituyen las instrucciones que figuran en el Anexo II de la Orden Foral 105/2013, de 25 de marzo, por las que se encuentren publicadas en cada momento en la página web de la Hacienda Tributaria de Navarra, en la dirección de Internet.

5. Domiciliación bancaria. Se incorpora el modelo 136 a la relación de modelos susceptibles de domiciliación contenida en el Anexo de la Orden Foral 80/2008, de 23 de abril, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra en materia de domiciliación bancaria de pagos relativos a determinadas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones tributarias, en su redacción dada por la Orden Foral 187/2015, de 25 de junio, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo.

6. Entrada en vigor: La nueva Orden Foral 125/2016, de 3 de octubre, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

7. Normativa: ORDEN FORAL 125/2016, de 3 de octubre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera por la que se modifica la Orden Foral 105/2013, de 25 de marzo, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo por la que se aprueba el modelo 230, 'Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes: retenciones e ingresos a cuenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas; Impuesto sobre Sociedades: retenciones e ingresos a cuenta sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación' y el modelo 136, 'Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación'.

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