La Federación Nacional de...ma fiscal.

Última revisión
14/12/2016

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos negocia con Hacienda para lograr que permita a los autónomos y pequeñas empresas el aplazamiento del pago del IVA tras la última reforma fiscal.

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Materias: fiscal

Fecha: 14/12/2016

Negociaciones con Hacienda para que permita a los autónomos el aplazamiento del ingreso del IVA
Negociaciones con Hacienda para que permita a los autónomos el aplazamiento del ingreso del IVA

Con la publicación del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, se introdujo la restricción de aplazar las deudas “derivadas de tributos repercutidos, salvo que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas. (Art. 65 Ley General Tributaria, apartado 2.)

Esto conlleva a que, las empresas y autónomos solo podrán prorrogar el ingreso del IVA que no hayan cobrado previamente.

Por ello, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), negocia con Hacienda para permitir que los autónomos y las pequeñas empresas puedan aplazar el pago del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Desde ATA se plantea que, se pueda permitir continuar con el aplazamiento del IVA como hasta ahora. En la actualidad se permite aplazar el pago de impuestos sin necesidad de presentar aval con el límite de 30.000 euros (anteriormente 18.000 euros).

Es de esperar que Hacienda permita, como mínimo durante el año 2017, que autónomos y pequeñas empresas puedan seguir aplazando el pago del IVA, con independencia de si se ha cobrado o no.

Desde el Gobierno se defendió la medida aprobada en el real decreto, con el argumento de que “no tiene sentido económico que, teniendo la facilidad de crédito, las empresas se financien con la Hacienda de todos”.

A través de dicha norma, también se restringió la posibilidad de aplazamiento de los pagos fraccionados del I. Sociedades o deuda que hubiera sido reclamada en sede administrativa o judicial.

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