Desde el 1 de noviembre d...entarias.

Última revisión
03/11/2015

Desde el 1 de noviembre de 2015, el RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, regulará las relaciones laborales del personal funcionario y al personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, las Administraciones de las comunidades autónomas y las entidades locales. El nuevo texto mantiene la regulación de su antecesor incorporando todas las mejoras concedidas a este colectivo por las últimas modificaciones reglamentarias.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 6 min

Materias: laboral, administrativo

Fecha: 03/11/2015

La nueva norma, que deroga la Ley 7/2007 de 12 de Abr, vigente casi nueve años, entra en vigor al día siguiente de su publicación (01/11/2015), con las salvedades que se especificará, se aplicará al personal funcionario y en lo que proceda al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, manteniendo con su antecesora la práctica igualdad en redacción salvo por la introducción de las mejoras para los empleados públicos que se han ido aprobando con posterioridad a la promulgación del EBEP de abril de 2007.

ESTRUCTURA

El Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, se compone de 100 artículos, 16 disposiciones adicionales, 8 disposiciones transitorias y una disposición derogatoria. Su contenido dividido por títulos es el siguiente:

Título I. Objeto y ámbito de aplicación (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016).

Título II. Personal al servicio de las Administraciones Públicas (Capítulo I. Clases de personal (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016) y Capítulo II. Personal directivo (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016).

Título III. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos (Capítulo I. Derechos de los empleados públicos Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016); Capítulo II. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016); Capítulo III. Derechos retributivos (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016); Capítulo IV. Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016); Capítulo V. Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016) y Capítulo VI. Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016)).

Título IV. Adquisición y pérdida de la relación de servicio (Capítulo I. Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016) y Capítulo II. Pérdida de la relación de servicio (arts. 63- 68).

Título V. Ordenación de la actividad profesional (Capítulo I. Planificación de recursos humanos (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016); Capítulo II. Estructuración del empleo público (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016) y Capítulo III. Provisión de puestos de trabajo y movilidad (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016).

Título VI. Situaciones administrativas (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016).

Título VII. Régimen disciplinario (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016).

Título VIII. Cooperación entre las Administraciones Públicas (Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016).

Disposiciones adicionales (Se tratan temas como el ámbito específico de aplicación, permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación, la jubilación de los funcionarios, días adicionales de vacaciones por antigüedad y los Planes de igualdad, entre otros)

Disposición transitoria (Se tratan temas como: Personal Laboral fijo que desempeña funciones o puestos clasificados como propios de personal funcionario, Garantía de derechos retributivos, la duración del permiso de paternidad por el nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo para el personal funcionario hasta la entrada en vigor de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, etc)

Disposición derogatoria. Junto con el hasta el momento vigente Ley 7/2007 de 12 de Abr, se derogan normas actuales comoLey de Presupuestos Generales del Estado para 2016, Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016.

NOVEDADES

Las principales novedades que aparecen en el Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 son, como se ha citado, las novedades publicadas en los ultimós días en materia de mejora de permiso, vacaciones y maternidad referentes a:

ENTRADA EN VIGOR DE LA DURACIÓN DEL PERMISO DE PATERNIDAD POR EL NACIMIENTO, ACOGIMIENTO O ADOPCIÓN DE UN HIJO PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO HASTA LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 9/2009, DE 6 DE OCTUBRE.

La totalidad de la norma entra en vigor el 1 de noviembre de 2015, no obstante, la duración del Permiso y prestación laboral por paternidad para el personal funcionario seguirá siendo de quince días hasta que no se produzca la entrada en vigor del Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.