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Última revisión
25/09/2025

Nueva regulación del CGPJ para la formación de jueces especializados en familia, infancia, capacidad y violencia contra menores

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Materias: civil, penal, administrativo

Fecha: 25/09/2025

El CGPJ regula la exigencia de formación específica y acreditada para jueces que deseen ejercer en secciones de familia, infancia, capacidad y violencia contra la infancia y la adolescencia.

Nueva regulación del CGPJ para la formación de jueces especializados en familia, infancia, capacidad y violencia contra menores


El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado un acuerdo reglamentario que fija la obligatoriedad de especialización para quienes deseen ocupar plazas en las recién creadas secciones de familia, infancia y capacidad y en las secciones de violencia contra la infancia y la adolescencia

La medida, adoptada por el máximo órgano de gobierno de los jueces, da cumplimiento a la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia y a su disposición adicional sexta, que establece la necesidad de convocar los cursos de formación en un plazo máximo de cuatro meses desde la entrada en vigor de la ley, que tuvo lugar el pasado 3 de abril. El acuerdo, que articula cinco preceptos fundamentales, regula los requisitos y el desarrollo de la nueva formación especializada, cuyo objetivo es garantizar que los miembros de la Carrera Judicial cuenten con los conocimientos y la sensibilización adecuados en estos ámbitos.

La regulación establece que todos los jueces y magistrados que aspiren a ocupar plazas en las nuevas secciones especializadas deberán cursar una formación impartida por la Escuela Judicial, con una duración mínima de cien horas lectivas. Esta formación podrá realizarse a distancia, adaptándose así a la nueva realidad tecnológica y permitiendo la compatibilidad con el ejercicio de la función jurisdiccional. Además, los cursos incluirán pruebas de evaluación objetivas y controles de seguimiento, con el fin de asegurar la suficiencia de conocimientos en cada materia.

Uno de los aspectos más destacados del acuerdo es que la posesión del título acreditativo de formación especializada en familia, infancia o capacidad supondrá un criterio de preferencia en la provisión de plazas en estas jurisdicciones específicas. Así, se busca reconocer y premiar el esfuerzo de quienes hayan invertido en una mayor especialización para el ejercicio de dichas funciones.

Para los jueces y magistrados que, procediendo de órganos jurisdiccionales de otro orden o especialidad, obtengan por concurso de traslado una plaza en las mencionadas secciones, la regulación prevé la obligatoriedad de cursar estas actividades formativas antes de la toma de posesión, incluyéndose siempre contenidos en violencia de género. 

El acuerdo adoptado se integrará en el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, tan pronto como culminen los trabajos de actualización actualmente en marcha. No obstante, el CGPJ ha optado por anticipar la regulación mediante acuerdo reglamentario debido al ajustado plazo legal para la convocatoria de los cursos, evitando así cualquier vacío normativo o retraso en la implantación de los nuevos mecanismos de especialización judicial.

La decisión del Pleno ha llegado tras un proceso participativo, en el que el proyecto de reglamento fue sometido previamente a informe de las asociaciones judiciales profesionales, así como de las Salas de Gobierno del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y los Tribunales Superiores de Justicia, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 560.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 

Fuente: Poder Judicial

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