Última revisión
Por Orden Ministerial se mejoran las cotizaciones de los mutualistas a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU).
Mediante la L-25816557, con efectos del 09/05/2018, se han desarrollado los artículos L-9054827-21 al L-9054827-40 del Reglamento del Mutualismo Judicial, a fin de regular la base de cotización a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), establecer las reglas para la determinación de la cuota mensual, así como completar y pormenorizar el procedimiento de gestión y recaudación de las cuotas de los mutualistas a MUGEJU.
Entre las novedades de la Orden JUS/464/2018, de 24 de abril, encontramos :
- determinación de las bases, tipo porcentual y cuota de cotización.
- procedimiento de ingreso de cuotas y remisión de información periódica a MUGEJU en el Régimen General de Cotización
- procedimiento de ingreso de cuotas, remisión de información periódica a MUGEJU y recargos por mora en el Régimen Singular de Cotización
- procedimiento de devolución de cuotas
Ampliar información en «P-91300»