Última revisión
07/04/2022
Se penalizará el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para interrumpir voluntariamente su embarazo

El Senado ha aprobado de forma definitiva la modificación del Código Penal para castigar el acoso que sufren las mujeres cuando acuden a clínicas para interrumpir de forma voluntaria su embarazo. De esta forma se incluirá un nuevo artículo, el 172 quater, para castigar a aquellos que coaccionen, hostiguen y coartan la libertad de las mujeres, con penas de entre 3 meses a un 1 año prisión o trabajos en beneficio de la comunidad.
Ahora tan solo queda que esta modificación del Código Penal sea publicada en el BOE para que, previsiblemente, entre en vigor al día siguiente al de su publicación.
«Artículo 172 quater.
1. El que para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días.
2. Las mismas penas se impondrán a quien, en la forma descrita en el apartado anterior, acosare a los trabajadores del ámbito sanitario en su ejercicio profesional o función pública y al personal facultativo o directivo de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo.
3. Atendidas la gravedad, las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años.
4. Las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso.
5. En la persecución de los hechos descritos en este artículo no será necesaria la denuncia de la persona agraviada ni de su representación legal». (1)
(1) Texto de la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo aprobado en el Congreso de los Diputados.
