El Plan Director por un Trabajo Digno se pone en marcha mediante el envío de com...e fraude detectadas.
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Última revisión
02/08/2018

El Plan Director por un Trabajo Digno se pone en marcha mediante el envío de comunicaciones a las empresas de posibles situaciones de fraude detectadas.

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: laboral

Fecha: 02/08/2018

empresarios lupa
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Como hemos tratado en nuestra noticia del pasado 30/07/2018 «N-29042», el Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2019-2020, centra su atención en las empresas que incumplen. Es más, se plantea reorientar la actividad inspectora planificada para que prioritariamente y de forma destacada actúe sobre las empresas presuntamente incumplidoras.

Dejando a un lado los incumplimientos evidentes, en los que la Inspección de Trabajo actuará desde inicio, la filosofía del Plan es su carácter disuasorio, la información para favorecer el cumplimiento voluntario de la legislación laboral y de Seguridad Social y, si persiste el incumplimiento y no se restablece el cumplimiento de la legalidad, el levantamiento de actas de infracción o liquidación y, en su caso, de las propuestas de sanción.

  • Medidas correctivas que disuadan de comportamientos fraudulentos

Con la herramienta que constituye el Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2019-2020 se pretende, como se ha dicho reorientar el Plan Estratégico de la ITSS, para ello, como medida correctiva para disuadir de comportamientos fraudulentos a las empresas, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha procedido al envío de cartas a empresas presuntamente incumplidoras de la normativa, especialmente en lo relativo al fraude en la contratación temporal y contra los abusos en la contratación a tiempo parcial.

  • Incremento en el número de actuaciones a realizar por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Según los datos publicados, el plan contempla más de 7.500 actuaciones este año -que se sumarán a las 8.000 ya previstas- en materia de declaración de horas extraordinarias, temporalidad y parcialidad en la contratación y se centrará en las altas y bajas sucesivas, especialmente en el colectivo de los profesores.

  • Fases para el desarrollo de lo dispuesto en el Plan Director por un Trabajo Digno (envío de comunicaciones a empresas)

Siguiendo la planificación de actuaciones inspectoras tratadas en el Plan Director, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social adoptará las siguientes medidas en el ámbito de los planes de choque:

1.ª Planificación de actuaciones desde el Organismo Estatal ITSS, en dichas materias, que se realizará en dos fases

- Una primera fase de detección de posibles situaciones de fraude a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude, tanto en materia de contratación temporal como de trabajo a tiempo parcial.

Las empresas con posibles situaciones de fraude serán objeto de una comunicación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, informándoles de los datos obtenidos, instándoles a revisar su situación, y advirtiéndoles de la realización de actuaciones inspectoras de comprobación en caso de no regularización. (Se dará un plazo de un mes)

- Una segunda fase de comprobación de las modificaciones realizadas por los administrados a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude.

Aquellas empresas que continúen con la situación inicial, o solo la hayan modificado parcialmente, serán objeto de una actuación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para la comprobación de tales extremos, adoptando las medidas que resulten preceptivas.

2.ª Campañas extraordinarias autonómicas

En el marco de los Convenios de Colaboración entre la ITSS y la correspondiente CCCC.AA., se podrán establecer este tipo de campañas con la finalidad de adaptar la actuación inspectora a las peculiaridades propias de cada ámbito territorial, que tengan una incidencia significativa en las materias que integran ambos planes de choque.

Ejemplos de ellas son las actuales campañas de refuerzo realizadas en Baleares, durante los meses de julio y agosto, y en Canarias en los meses de octubre y noviembre.

  • L-25970036

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