El Plan MECUIDA se prorroga hasta el próximo 30 de septiembre de 2021
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Última revisión
01/06/2021

El Plan MECUIDA se prorroga hasta el próximo 30 de septiembre de 2021

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Materias: laboral

Fecha: 01/06/2021

Padre jugando con hijo
Padre jugando con hijo

Como en normas similares precedentes junto a la prórroga de los ERTES se incluye la prórroga de las medidas para la adaptación del horario y reducción de jornada relacionadas con el COVID-19. En concreto, la D.A 6ª Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, prórroga la vigencia del art. 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en el que se regula el Plan MECUIDA.

Se prevé la prórroga del Plan MECUIDA hasta el 30 de septiembre de 2021.

Con la nueva prórroga se mantiene la posibilidad de adaptación del horario y reducción de jornada por causas relacionadas con el COVID-19:

  • Adaptación de la jornada, sin pérdida de salario.
  • Reducción de jornada, con reducción proporcional de salario, pudiendo alcanzar la totalidad de la jornada.

De esta forma se mantiene como derecho individual de cada uno de los progenitores o cuidadores, debiendo ser justificado, razonable y proporcionado en relación con la situación de la empresa, la adaptación del horario y reducción de jornada: 

a) Cuando sea necesaria la presencia de la persona trabajadora para la atención de cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesite de cuidado personal y directo como consecuencia directa del COVID-19.

b) Cuando existan decisiones adoptadas por las Autoridades gubernativas relacionadas con el COVID-19 que impliquen cierre de centros educativos o de cualquier otra naturaleza que dispensaran cuidado o atención a la persona necesitada de los mismos.

c) Cuando la persona que hasta el momento se hubiera encargado del cuidado o asistencia directos de cónyuge o familiar hasta segundo grado de la persona trabajadora no pudiera seguir haciéndolo por causas justificadas relacionadas con el COVID-19.

Plan MECUIDA.

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