Propuesta para la ampliac...n familiar

Última revisión
20/10/2025

Propuesta para la ampliación de los permisos laborales por fallecimiento, cuidados paliativos y conciliación familiar

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 4 min

Materias: laboral

Fecha: 20/10/2025

La propuesta del Ministerio de Trabajo amplía y crear nuevos permisos para el fallecimiento, acompañamiento en cuidados paliativos y eutanasia. La propuesta para el nuevo permiso por fallecimiento: 10 días que se podrá repartir a lo largo de cuatro semanas desde el día de la muerte del familiar  y 15 para cuidados paliativos.

Propuesta para la ampliación de los permisos laborales por fallecimiento, cuidados paliativos y conciliación familiar

El Ministerio de Trabajo ha presentado a los agentes sociales cómo pretende reformar la regulación de los permisos laborales en el Estatuto de los Trabajadores, tanto en materia de fallecimiento de familiares como en situaciones que exigen una mayor conciliación entre la vida profesional y familiar. Esta propuesta, aún pendiente de aprobación definitiva y sujeta al proceso de diálogo con los agentes sociales, contempla extensiones significativas de permisos existentes y la creación de nuevos derechos vinculados a los cuidados paliativos y los procesos de eutanasia.

De acuerdo con el documento elaborado por el Ministerio, la modificación afectará principalmente al artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, aspirando a ser tramitada mediante Real Decreto-ley. Su aprobación y puesta en marcha dependerá del trámite parlamentario. Igualmente, para su entrada en vigor con plenitud, será necesaria la convalidación por el Congreso tras su publicación oficial.

La principal ampliación: permiso por fallecimiento de familiares directos

Uno de los grandes cambios impulsados por el borrador es la ampliación sustancial del permiso por fallecimiento de familiares directos, que incluyen al cónyuge, pareja de hecho y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, es decir, padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos. Hasta ahora, los trabajadores disponían de dos días de permiso por fallecimiento de estos familiares, extensibles a cuatro en caso de desplazamiento, salvo que el convenio colectivo mejorara esta situación. La reforma propone aumentar el permiso a 10 días hábiles, de los cuales el empleado podrá disfrutar de manera continuada o fraccionada —según su elección— a lo largo de las cuatro semanas posteriores al fallecimiento o, en su caso, desde la entrega de los restos mortales del familiar.

Sin embargo, para los familiares por afinidad hasta segundo grado —tales como suegros, cuñados o yernos— la regulación permanece en los términos actuales, es decir, dos días de permiso ampliables a cuatro por desplazamiento.

Reformas en la reducción de jornada y cuidados paliativos

Otro de los ejes centrales de la propuesta ministerial es la ampliación de supuestos donde la persona trabajadora tendrá derecho a reducción de jornada para el cuidado de familiares. Actualmente, la ley reconoce este derecho para quienes atiendan a menores de 12 años, familiares (por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado) o personas con discapacidad, permitiendo la reducción de hasta media jornada con una disminución proporcional del salario.

La reforma planteada por Trabajo incorpora el derecho a reducción de jornada también para el caso de cuidado de cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado de consanguinidad que precisen cuidados paliativos, ya sea en régimen hospitalario o domiciliario. La reducción del salario, en este caso, estaría fijada entre un octavo y la mitad de la retribución habitual. Además, la propuesta aborda la protección reforzada de quienes ejerciten estos derechos, dejando claro que el ejercicio de permisos o reducciones de jornada por conciliación no podrá ser objeto de represalias, despidos o perjuicio alguno en la relación laboral, garantizando la denominada indemnidad de la persona trabajadora.

Nuevos permisos ante inéditas realidades sociales

La reforma del Ministerio introduce dos nuevos tipos de permisos para responder a realidades hasta ahora desprotegidas legislativamente: el permiso retribuido para cuidados paliativos y el permiso para acompañar en procedimientos de eutanasia.

En el primero de los casos, el permiso plantea hasta 15 días hábiles retribuidos para el cuidado del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad que requieran cuidados paliativos. Este permiso, según detalla el borrador, podrá disfrutarse en dos períodos y a lo largo de un plazo de hasta tres meses desde el inicio del mismo o hasta el fallecimiento de la persona atendida. Se puntualiza que solo podrá utilizarse una vez por cada persona en situación de cuidados paliativos y destaca su compatibilidad con otros derechos laborales, como el permiso por hospitalización o intervención quirúrgica.

Por otra parte, surge el permiso para acompañar a personas en procedimientos de eutanasia, de un día de duración. Este innovador derecho no exige siquiera vínculo de parentesco: únicamente se requiere que la persona trabajadora haya sido designada expresamente para tal acompañamiento, otorgando una cobertura jurídica y emocional ante el trance de la eutanasia, situación que está regulada socialmente desde la ley de 2021.

Contexto

Cabe destacar que se trata de una propuesta presentada a los agentes sociales. La tramitación definitiva de la reforma está pendiente de ratificación en las Cortes.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.