Se publica la Orden para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el 2018
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Última revisión
28/06/2017

Se publica la Orden para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el 2018

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Materias: fiscal, administrativo

Fecha: 28/06/2017

Rajoy Rivera mano acuerdo negociación
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Hoy han sido publicados los Presupuestos Generales del Estado para el 2017 en el BOE, con un gran número de novedades presupuestarias que, seguro, darán que hablar. Pero la máquina presupuestaria no para, y por ello también se ha publicado a día de hoy la L-25252426-.

Se trata de una Orden ministerial que regula los criterios generales de presupuestación, el ámbito institucional de los presupuestos, el proceso de elaboración y tramitación del anteproyecto de presupuestos, estableciendo la composición de los órganos participantes en su proceso de elaboración, los plazos y documentación para la elaboración, y se detalla el contenido de las estructuras presupuestarias.

  • Sobre el proceso de elaboración y tramitación del proyecto.

La Dirección General de Presupuestos elaborará los estados de gastos del anteproyecto de PGE 2018 teniendo en cuenta las orientaciones de política económica, el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado, las prioridades formuladas por la Comisión de Políticas de Gasto, las conclusiones resultantes, en su caso, de las Comisiones de Análisis de Programas y las propuestas remitidas por los distintos centros gestores.

Una vez elaborados los estados de gastos e ingresos, éstos se elevarán al titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública, quien someterá al acuerdo del Gobierno el anteproyecto de Ley de PGE para 2018.

De la misma manera se elaborarán los presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales a partir de las propuestas remitidas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Formados ambos anteproyectos, la Dirección General de Presupuestos los enviará al Ministerio de Empleo y Seguridad Social para su integración en el anteproyecto de presupuesto de la Seguridad Social.

  • Sobre la estructura de los Presupuestos Generales del Estado para el 2018 y su ámbito institucional.

Los PGE constituyen los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal. De esta manera, para la elaboración de los PGE, cada uno de dichos órganos y entidades presentarán sus presupuestos que tendrán con arreglo a su normativa, carácter limitativo o estimativo.

Constituyen entidades que desarrollan presupuestos con carácter limitativo, las siguientes:

  • Las del Estado.
  • Las de los organismos autónomos.
  • Las integrantes del Sistema de Seguridad Social
  • Las del resto de entidades del sector público estatal cuya normativa específica confiera a su presupuesto carácter limitativo.

Por su parte, constituyen entidades que elaboran presupuestos con carácter estimativo:

  • Las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles estatales, fundaciones del sector público y el resto de entidades del sector público que aplican principios y normas de contabilidad recogidos en el Código de Comercio y en el Plan General de Contabilidad.
  • Los consorcios, universidades y restantes entidades de derecho público con presupuesto estimativo.

El presupuesto de gastos con carácter limitativo se estructura teniendo en cuenta: las finalidades u objetivos que el presupuesto pretende conseguir, la organización de los distintos entes integrantes del sector público administrativo estatal y la naturaleza económica de los gastos. Adicionalmente, informará de la distribución territorial de las inversiones reales.

Por su parte, los presupuestos de carácter estimativo comprenderán los presupuestos de explotación y de capital elaborados en los términos que establezca la Dirección General de Presupuestos.

  • Sobre los plazos para elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.

Por último, la Orden recoge los plazos que tienen las diferentes entidades públicas para la presentación de propuestas ante la Dirección General de Presupuestos, entre los que destacan:

  • Estado, organismos autónomos y resto de entidades del sector público administrativo con presupuesto limitativo:

Las propuestas de los centros gestores se remitirán a la Dirección General de Presupuestos antes del 7 de julio de 2017.Además, remitirán, antes del 14 de julio de 2017, una relación de los proyectos de inversión y otras partidas de gasto que sean susceptibles de ser financiados con fondos de la Unión Europea.

  • Seguridad Social:

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad remitirá a la Dirección General de Presupuestos las propuestas de presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales antes del 7 de julio de 2017.

Por su parte, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social remitirá al Ministerio de Hacienda y Función Pública el anteproyecto de presupuesto de la Seguridad Social antes del 14 de julio de 2017.

  • Las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles estatales, fundaciones del sector público, el resto de entidades del sector público que aplican principios y normas de contabilidad recogidos en el Código de Comercio y en el Plan General de Contabilidad, consorcios, universidades y restantes entidades de derecho público con presupuesto estimativo:

Remitirán a la Dirección General de Presupuestos, a través de la oficina presupuestaria del departamento ministerial del que dependan o en su caso, al que estén adscritas, antes del 14 de julio de 2017, sus propuestas de presupuestos de explotación y de capital, acompañados de la memoria explicativa de sus contenidos, la ejecución de los presupuestos del ejercicio anterior y la previsión de la ejecución de los del ejercicio corriente.

Adicionalmente, remitirán una descripción de las inversiones que vayan a realizar en el ejercicio, con expresión de los objetivos que se pretenden conseguir, así como un anexo de sus proyectos de inversión territorializados por provincias, con indicación del año de inicio del proyecto.

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