Publicación definitiva del modelo de Sociedades y Renta de No Residentes para el ejercicio 2020
Se ha producido la publicación definitiva de los modelos de Sociedades y Renta de No Residentes (200), documento de ingreso o devolución de Renta de No Residentes y entidades en régimen de atribución de rentas (206) y régimen de consolidación fiscal en Sociedades (220).
- Materias: Fiscal
- Fecha: 08/06/2021

Ya había adelantado la AEAT el modelo provisional previsto, a la espera de su publicación en el BOE, del Impuesto sobre Sociedades que se ha producido hoy a través de la Orden HAC/560/2021, de 4 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica; y por la que se modifica la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la que se aprueba el modelo 282, «Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
Así, la relación de modelos que se aprueban es la siguiente:
- Modelo 200: Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre Sociedades, que figura en el Anexo I. El número de justificante que habrá de figurar en dicho modelo será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 200.
- Modelo 206: Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre la Rentade no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español), que figura en el Anexo I. El número de justificante que habrá de figurar en dicho modelo será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 206.
- Modelo 220: Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre Sociedades-Régimen de consolidación fiscal, que figura en el Anexo II. El número de justificante que habrá de figurar en dicho modelo será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 220.
Se establece, como ya venía siendo habitual, la obligación de su presentación a través de medios telemáticos en la Sede Electrónica de la AEAT.
A TENER EN CUENTA. De acuerdo con lo previsto en las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020 de la Agencia Tributaria, como novedad en esta campaña del Impuesto sobre Sociedades, se pone a disposición de los contribuyentes los datos fiscales a tener en cuenta para la cumplimentación de su autoliquidación. La información que se facilita trata de mejorar la calidad de las declaraciones presentadas e incluye dos tipos de datos: por una parte, los que forman parte de la mecánica de autoliquidación del IS, como los pagos fraccionados realizados, las retenciones soportadas o los importes pendientes de aplicar procedentes de ejercicios anteriores de los diversos conceptos previstos en la normativa del Impuesto. Por otra parte, también incluirá información con posible trascendencia a efectos del cálculo del resultado contable, como los importes correspondientes a sanciones y recargos generados por la AEAT y notificados al contribuyente en el ejercicio 2019, así como otra información y avisos que puedan resultar relevantes para la correcta cumplimentación del modelo 200.
En cuanto al plazo de presentación:
- Para el modelo 200 se corresponde con los 25 días naturales iniciados desde los seis meses siguientes a la conclusión del período impositivo, es decir, desde el 1 de julio de 2021 hasta el 26 de julio de 2021.
- Para el modelo 206 se establece el mismo período de presentación con carácter general. Sin embargo, cuando el período impositivo finalice con anterioridad al ejercicio natural por el cese en la actividad de un establecimiento permanente o, de otro modo, se realice la desafectación de la inversión en su día efectuada respecto del establecimiento permanente, así como en los supuestos en que se produzca la transmisión del establecimiento permanente a otra persona física o entidad, aquellos en que la casa central traslade su residencia, y cuando fallezca el titular del establecimiento permanente, la presentación de la declaración deberá realizarse en los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, atendiendo al trimestre en que se produzca alguna de las circunstancias anteriormente mencionadas que motivan la conclusión anticipada del período impositivo, siendo el mencionado plazo independiente del resultado de la autoliquidación a presentar. Igual período se establecerá para las entidades en régimen de atribución de rentas.
Por último, se lleva a cabo la aprobación de la declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea (modelo 282) que sustituye al aprobado en la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo.
Orden HAP/296/2016 de 2 de Mar (Modelo 282, Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la U.E. y condiciones y procedimiento para su presentación) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 59 Fecha de Publicación: 09/03/2016 Fecha de entrada en vigor: 10/03/2016 Órgano Emisor: Ministerio De Hacienda Y Administraciones Publicas
- ANEXO. MODELO 282. DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE AYUDAS RECIBIDAS EN EL MARCO DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS Y OTRAS AYUDAS DE ESTADO, DERIVADAS DE LA APLICACIÓN DEL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. (IRPF.IS.IRNR)
- D.F. 2ª. Entrada en vigor.
- D.F. 1ª. Modificación de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución de naturaleza tributaria.
- DISPOSICIONES FINALES
- Artículo 5. Formas, habilitación, condiciones generales y procedimiento de presentación del modelo 282.
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Sentencia ADMINISTRATIVO AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 7, Rec 908/2016, 05-10-2020
Orden: Administrativo Fecha: 05/10/2020 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Moya Meyer, Luis Helmuth Num. Recurso: 908/2016
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Sentencia ADMINISTRATIVO AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 7, Rec 900/2016, 23-12-2020
Orden: Administrativo Fecha: 23/12/2020 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Moya Meyer, Luis Helmuth Num. Recurso: 900/2016
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Sentencia ADMINISTRATIVO AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 802/2018, 17-01-2022
Orden: Administrativo Fecha: 17/01/2022 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Montero, Concepcion Monica Elena Num. Recurso: 802/2018
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Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 699/2020, TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 6523/2018, 08-06-2020
Orden: Administrativo Fecha: 08/06/2020 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Merino Jara, Isaac Num. Sentencia: 699/2020 Num. Recurso: 6523/2018
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Sentencia Supranacional Nº C-141/99, TJUE, 14-12-2000
Orden: Supranacional Fecha: 14/12/2000 Tribunal: Tribunal De Justicia De La Union Europea Ponente: Gulmann Num. Sentencia: C-141/99
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Rentas obtenidas mediante establecimiento permanente (IRNR)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 15/04/2020
La regulación de las rentas obtenidas mediante establecimiento permanente se encuentra a lo largo de los artículos 16 a 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (LIRNR). Modelos de declaración del Impuesto:Modelo 200: Declarac...
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Pago del Impuesto de Sociedades
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 12/02/2020
La presentación de la declaración del impuesto sobre sociedades se llevará a cabo en los 25 días siguientes a los seis meses posteriores a finalizar el período impositivo de la entidad. El modelo 200 (Impuesto sobre Sociedades) debe presentarse...
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Asimetrías híbridas en el Impuesto sobre Sociedades
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 14/05/2021
El artículo 15 bis de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre ha sido insertado por el Real Decreto-ley 4/2021, de 9 de marzo, por el que se modifican la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el texto refundido de la Ley de...
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Impuesto sobre Sociedades (I. Sociedades)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 13/05/2021
El Impuesto sobre Sociedades se encuentra regulado en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre y en el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.Introducción al Impuesto sobre Sociedades: asp...
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Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 30/12/2020
La Reserva para Inversiones en Canarias, RIC, forma parte del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF) y se instrumentó con el objetivo de estimular a las empresas a que desarrollasen su actividad en Canarias, es decir, incentivar la autofina...
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Modelo 206. IRNR (Telemático)
Fecha última revisión: 20/05/2019
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Modelo 202. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. (Telemático)
Fecha última revisión: 15/03/2017
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Modelo 200. I. Sociedades, IRNR (Telemático)
Fecha última revisión: 20/05/2019
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Modelo 282. Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del REF de Canarias y otras ayudas de Estado, derivadas de la aplicación del derecho de la UE. (Telemático)
Fecha última revisión: 04/07/2017
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Informe sobre la aplicación del acuerdo de valoración de las operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas (Impuesto sobre Sociedades)
Fecha última revisión: 25/09/2018
DELEGACIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE [PROVINCIA]DEPENDENCIA REGIONAL DE INSPECCIÓN DE [COMUNIDAD_AUTONOMA]DELEGACIÓN CENTRAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES Don/Doña [NOMBRE], con NIF [NIF], y domicilio, a efectos de not...
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IRNR, R.D.L.5/2004/CONVENIOS/PATRIMONIO - DECLARACIÓN.DEVENGOS HASTA 31- 2010 - DEROGACIÓN DEL MODELO 214
Fecha última revisión: 01/01/2017
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IRNR, R.D.L.5/2004/CONVENIOS/PATRIMONIO - ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES - PAGOS FRACCIONADOS
Fecha última revisión: 01/01/2017
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IS, LEY 27/2014 - BI - IMPUTACIÓN TEMPORAL - TRANSMISIÓN DE ESTABLECIMIENTO PERMANENTE HASTA 2016
Fecha última revisión: 01/01/2017
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Caso práctico: Fiscalidad en España de una entidad extranjera con personalidad jurídica
Fecha última revisión: 03/02/2020
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IS, LEY 27/2014 - GESTIÓN DEL IMPUESTO - FECHA EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD
Fecha última revisión: 01/01/2017
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PLANTEAMIENTOUna entidad residente en Francia realiza actividades artísticas en España durante los meses de verano por las cuales cobra en taquilla. Tiene el número de identificación a efectos fiscales en España (NIF) y está dada de alta en el...
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Resolución Vinculante de DGT, V5230-16, 12-12-2016
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 12/12/2016 Núm. Resolución: V5230-16
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Resolución Vinculante de DGT, V1241-17, 19-05-2017
Órgano: Sg Fiscalidad Internacional Fecha: 19/05/2017 Núm. Resolución: V1241-17
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Resolución Vinculante de DGT, V3046-14, 06-11-2014
Órgano: Sg Fiscalidad Internacional Fecha: 06/11/2014 Núm. Resolución: V3046-14
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Resolución Vinculante de DGT, V2136-17, 18-08-2017
Órgano: Sg Fiscalidad Internacional Fecha: 18/08/2017 Núm. Resolución: V2136-17
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Resolución Vinculante de DGT, V2847-13, 26-09-2013
Órgano: Sg De Tributación De No Residentes Fecha: 26/09/2013 Núm. Resolución: V2847-13