En el BOE del 15/07/2015 ... de 2016.

Última revisión
15/07/2015

En el BOE del 15/07/2015 ha sido publicada esta Ley, la cual entrará en vigor (salvo excepciones) el 1 de enero de 2016.

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Materias: mercantil

Fecha: 15/07/2015

Esta ,  publicada hoy miércoles 15 de julio, sustituye al RDLeg. 6/2004 de 29 de Oct (aún vigente), entrará en vigor el 1 de enero de 2016, a excepción de determinados aspectos.

En concreto, la Disposición Transitoria (D.T.) 13ª relativa al “Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en la Ley de Contrato de Seguro a través de la disposición final primera de esta Ley “y la Disposición Adicional (D.A.) 16ª  relativa a la “Introducción progresiva de las autorizaciones establecidas por esta Ley y otras medidas de adaptación a Solvencia II.” , entrarán en vigor el día siguiente de la publicación de la presenta Ley en el BOE.

Las D.T. 4ª relativa al "Régimen transitorio en las condiciones de ejercicio de las mutualidades de previsión social que no hayan obtenido autorización administrativa de ampliación de prestaciones”, y la D.T.10ª sobre el “Ámbito de aplicación del régimen especial de solvencia.”, entrarán en vigor  el 1 de septiembre de este año 2015.

Por último, la Disposición Final (D.F.) 9ª  relativa a la “Modificación del RD Legislativo 8/2004, de 19 de octubre”, entrará en vigor el 1 de julio de 2016.

A su vez la presente Ley, modifica otras normas, como la Ley 50/1980 de 8 de Oct, aclarando que en los seguros personales, el asegurado o tomador, no tiene obligación de comunicar la variación de las circunstancias relativas al estado de salud del asegurado, las cuales en ningún caso se considerarán agravación del riesgo.

Es importante tener en cuenta que, la regulación del régimen jurídico de las mutuas de seguros, cooperativas de seguros y mutualidades de previsión social, se seguirán rigiendo por el RD Legislativo 6/2204, de 29 de octubre, hasta que se regule una de manera específica de las mutuas y de su régimen jurídico de disolución, transformación, fusión, escisión y cesión global de activo y pasivo.

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