Última revisión
02/06/2016
El Boletín Oficial del Estado del 2 de junio, publica la Orden HAP/841/2016, de 30 de mayo, por la que se publican ambos modelos así como se modifica la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo.

El BOE del jueves 2 de junio de 2016, publica la Orden HAP/841/2016, de 30 de mayo, por la que se aprueban los modelos 364 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado" y 365 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado" y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, y se modifica la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, así como otra normativa tributaria.
Esta Orden entrará en vigor el 1 de enero de 2017 y será aplicable a las solicitudes presentadas con posterioridad a dicha fecha, con la excepción del apartado uno de la disposición final segunda (Modificación del artículo 18 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre) que entrará en vigor el 1 de julio de 2016, y la disposición final primera (Modificación de la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo) y el apartado dos de la disposición final segunda (Modificación de la letra b) del artículo 20.2 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre) que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación.
En primer lugar, la presente Orden HAP/841/2016, de 30 de mayo, aprueba el modelo 364 de solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado, y el modelo 365 de solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado» así como sus formas, condiciones, procedimientos y plazos de presentación.


En segundo lugar, la Disposición final 1ª aprueba la modificación de la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, por la que se aprueban el formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, el contenido de la solicitud de devolución a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y el modelo 361 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido a determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, ni en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y se establecen, asimismo, las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.
Esta modificación entrará en vigor el 3 de junio de 2016, por la que quedan modificados sus artículos 2, 3, 8 y 9.
Por último, a través de la Disposición final 2ª, se aprueba la modificación de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
El apartado uno de esta DF2ª, modifica el artículo 18 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, relativo al procedimiento para la presentación electrónica por Internet de documentación complementaria a las autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución. Modificación que entrará en vigor el 1 de julio de 2016.
Por su parte, el apartado 2 de esta DF2ª, modifica la letra b) del art. 20.2 de esta Orden, la cual entrará en vigor el 3 de junio de 2016.
