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26/06/2023

Publicada la orden por la que se crea el Comité Antifraude del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

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Materias: fiscal, administrativo

Fecha: 26/06/2023

La Orden ETD/680/2023, crea el Comité Antifraude del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital cuyo fin es el diseño de la estrategia de lucha contra el fraude. Dicho comité es de carácter temporal y su existencia está vinculada a la aplicación del Plan de Medidas Antifraude.

Publicada la orden por la que se crea el Comité Antifraude del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

 

En el BOE de 26 de junio de 2023 se ha publicado al Orden ETD/680/2023, de 20 de junio, por la que se crea el Comité Antifraude del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y se determinan su composición y funciones.

El Comité tiene como fin el diseño de la estrategia de lucha contra el fraude sobre la que se asienta el seguimiento, actualización y evaluación del Plan de Medidas Antifraude del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Se trata de un órgano colegiado de carácter temporal, adscrito al Ministerio de Asuntos económicos y Transformación Digital, estando su existencia vinculada a la aplicación del Plan de Medidas Antifraude. Una vez finalizada la ejecución de las actuaciones sujetas al referido Plan y realizadas las tareas ex post que procedan en el marco del mismo, el Comité cesará en su actividad y quedará suprimido.

El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establece que los Estados miembros, en cuanto beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, adoptarán las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de la Unión.

Por su parte, el artículo 6 de la Orden HFP /1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dispone que toda entidad que participe en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia deberá disponer de un Plan de Medidas Antifraude que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. Para dar respuesta a dicha previsión, entre los instrumentos del Plan de Medidas Antifraude del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se contempla la creación de un Comité Antifraude en el ámbito departamental.

El comité antifraude tendrá las siguientes funciones:

  • Proponer la aprobación de las revisiones del Plan de Medidas Antifraude e impulsar actuaciones para mejorar e implementar el referido Plan.
  • Aprobar el plan de control interno en la lucha contra el fraude y la corrupción.
  • Definir un sistema de muestreo suficiente
  • Aprobar un informe anual sobre el grado de cumplimiento de las medidas del Plan.
  • Evaluar los asuntos que reciba que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción, conflicto de interés o doble financiación.
  • Velar por informar al personal del Departamento de las comunicaciones que deban realizarse en relación con el Plan.
  • Impulsar la incorporación de cursos específicos sobre la materia en el Plan de Formación del Departamento.
  • Emitir informe, en su caso, en relación con la identificación de un riesgo de conflicto de interés.

El Comité Antifraude del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital deberá estar formalmente constituido en el plazo de dos meses desde el 27 de junio de 2023, fecha de entrada en vigor de la orden.

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