Publicada la Orden por la... Vehículos

Última revisión
23/07/2025

Publicada la Orden por la que se modifica el Reglamento General de Vehículos

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 3 min

Materias: civil, administrativo

Fecha: 23/07/2025

Publicada en el BOE la Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, que reforma el Reglamento General de Vehículos, facilitando el transporte y fomentando la sostenibilidad y la eficiencia logística.


Publicada la Orden por la que se modifica el Reglamento General de Vehículos


Se publica en el BOE del 23 de julio de 2025 la Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, por la que se modifican los anexos II, IX, X y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

A través de la citada Orden se aprueban una serie de modificaciones en el Reglamento General de Vehículos, con el objetivo de mejorar la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y optimizar el funcionamiento de la cadena logística. Estas medidas se enmarcan en la disposición final cuarta del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, que transpone la Directiva (UE) 2020/1057 y establece normas específicas para el desplazamiento de conductores en el sector del transporte por carretera.

Entre las principales modificaciones, destaca la simplificación del uso y autorización de los conjuntos Euro modulares, incluyendo los Eco Combi o Duo Tráiler.

Así, a partir de ahora, la utilización de estos conjuntos no requerirá una autorización específica, siempre que cumplan con los requisitos y especificaciones de circulación establecidos por la Jefatura Central de Tráfico. Estos vehículos podrán circular por las rutas designadas por las autoridades competentes, teniendo en cuenta las restricciones de paso y las limitaciones técnicas de las vías.

Otra medida relevante es la ampliación de la altura máxima permitida a 4,5 metros para ciertos tipos de transporte, como el de paja, animales vivos y suministros a industrias en distancias inferiores a 50 kilómetros. Esta modificación se concreta en el apartado 3.1 del anexo IX del Reglamento General de Vehículos.

Asimismo, se ha incrementado la masa máxima autorizada hasta 44 toneladas para vehículos articulados de 5 o más ejes y trenes de carretera compuestos por un vehículo de motor de 3 ejes con remolque de 2 o 3 ejes. Esta medida se implementará de manera progresiva, según un calendario establecido, y no requerirá anotación en la tarjeta ITV hasta la próxima inspección periódica.

Además, se han realizado ajustes adicionales en el anexo IX para viabilizar los nuevos límites de masas máximas permitidas y se ha modificado la longitud máxima permitida para el transporte de barras metálicas o similares. Estas modificaciones buscan impulsar la descarbonización del transporte de mercancías por carretera, aumentando la eficiencia de las operaciones de transporte.

Finalmente, se han introducido cambios en los anexos II, IX, X y XVIII del Reglamento General de Vehículos para alinear la normativa española con el Reglamento (UE) n.º 168/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de enero de 2013, relativo a la homologación de vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos. Entre estos cambios, se destaca la corrección de la referencia a bicicletas de pedales con pedaleo asistido, que ahora se denominarán ciclos de pedales con pedaleo asistido.

Estas medidas, que han sido informadas por el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, entrarán en vigor tras su publicación en el BOE y buscan mejorar la sostenibilidad y eficiencia del transporte de mercancías por carretera en España.

A TENER EN CUENTA. Lo dispuesto en el apartado 2 sobre el anexo IX relativo a las masas máximas por eje y masas máximas autorizadas entrará en vigor a los tres meses de la publicación de la presente orden en el BOE, excepto si se trata de vehículos cisterna (de acuerdo con su clasificación por criterios de utilización), que entrará en vigor a los seis meses de la citada publicación.


Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.