Publicadas ayudas para la...l COVID-19

Última revisión
17/06/2020

Publicadas ayudas para la adquisición de vehículos a través del programa MOVES II derivadas de la crisis del COVID-19

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Materias: administrativo

Fecha: 17/06/2020

coche eléctrico
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Con fecha 16 de febrero de 2019 se publicó el Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES) y cuya concesión de ayudas a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla se acordó a través de Real Decreto 132/2019, de 8 de marzo.

Ahora, con fecha 17 de junio de 2020, se publica el Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, con entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

Las principales modificaciones respecto a esta primera edición, además del incremento en la dotación presupuestaria, se centran en ampliar las actuaciones elegibles para apoyar a los Ayuntamientos en su adaptación a la necesidades de movilidad tras la pandemia, incluir el achatarramiento de un vehículo de más de siete años como opcional, incremento del precio límite de un vehículo turismo para ser elegible, ampliar el presupuesto máximo que se puede dedicar a vehículos pesados de gas, ante la demanda generada, y dar mayor flexibilidad a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla en su gestión, así como reconocerlas un porcentaje del presupuesto para gastos de gestión del programa.

Esta segunda edición del Programa MOVES se publica en un momento excepcional, en plena recuperación económica y social de la pandemia del COVID-19 que tiene, entre una de sus consecuencias, adaptar nuestros hábitos a una nueva forma de movilidad. 

Este real decreto tiene por objeto establecer las normas especiales, con el carácter de bases reguladoras, para la concesión directa de ayudas, en forma de subvenciones, a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, así como su distribución y entrega a las mismas, en las cuantías y términos que figuran en el anexo V.

La finalidad es, por tanto, contribuir a la descarbonización del sector transporte mediante el fomento de las energías alternativas para la consecución de los objetivos fijados por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, promoviendo la realización de actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas en todo el territorio nacional.

Los beneficiarios directos y destinatarios últimos de las ayudas se prevén en el artículo 3 del Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, mientras que, los requisitos para obtener la condición de destinatario último se prevén en el artículo 4.

Tras la publicación de este real decreto en el «Boletín Oficial del Estado», el IDAE procederá a comunicar a todas las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, publicándose también en la página web del Instituto, la disponibilidad del presupuesto correspondiente al importe total de la ayuda establecida en anexo V.

Este programa está dotado con una cuantía inicial de 100.000.000 euros con cargo al presupuesto del IDAE, previamente transferidos desde los Presupuestos Generales del Estado.

Las subvenciones reguladas en este real decreto no serán compatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Estas ayudas para la compra de vehículos podrán llegar hasta los 5.500 euros, dependiendo de si se envía el vehículo antiguo para achatarrar, que, en todo caso, deberá estar matriculado en España con anterioridad al 1 de enero de 2013. En caso de que no se enviara a achatarrar, será la ayuda de 4.000 euros.

Los tipos de coches por los que se podrá optar a la ayuda son:

1. Coches eléctricos de pila de combustible.

2. Coches eléctricos de baterías, con una autonomía de al menos 90 kilómetros.

3. Híbridos enchufables de autonomía mayor o igual a 30 kilómetros y menor de 90.

Como decimos, las ayudas oscilarán entre los 1.900 euros y los 5.500 euros como máximo.

Se fijan como precios máximos de los vehículos las siguientes cantidades:

  • Coches eléctricos de pila de combustible: sin límite de precio.
  • Coches eléctricos de baterías: precio máximo de 45.000 euros.
  • Coches eléctricos de baterías y 8 plazas: precio máximo de 53.000 euros.

 

 

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