Publicadas ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2022
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Última revisión
16/05/2022

Publicadas ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2022

Tiempo de lectura: 2 min

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Materias: laboral

Fecha: 16/05/2022

camiones
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El pasado 13 de mayo de 2022 se publicó en el BOE el Extracto de la Orden de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2022. Por Orden delegada de la Secretaria General de Transportes y Movilidad se convocan las ayudas en 2022 a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.

Las ayudas en 2022 a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad siguen los siguientes extremos:

Beneficiarios: Transportistas autónomos por carretera.

Objeto: Ayuda para el abandono de la actividad de transporte por carretera en el año 2022.

Bases reguladoras: Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (BOE 30 de noviembre), modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 noviembre (BOE 1 de enero de 2013) y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (BOE de 2 de febrero).

Cuantía: Cuantía máxima: 20.000.000 € distribuidos entre un importe máximo de 19.860.000 € repartidos entre los beneficiarios resultantes recogidos en la orden de otorgamiento, y un importe máximo de 140.000 € para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha orden.

Plazo de presentación de solicitudesUn mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Es decir, el plazo de presentación de las solicitudes finalizará a las 23:59h del próximo 13 de junio de 2022. 

Otros datos: La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

En primer lugar, se dará preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista; en cuanto a los demás beneficiarios se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada.

El plazo para resolver y publicar la orden será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Para cualquier consulta o aclaración se ha habilitado el buzón: sgaitt@mitma.es

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