Junto con los convenios p...n Aragón.

Última revisión
23/06/2016

Junto con los convenios provinciales de Zaragoza, Teruel y Huesca, el AMIMA (Acuerdo marco de la industria del Metal en Aragón) regulará las condiciones de trabajo para la industria del Metal en Aragón.

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Materias: laboral

Fecha: 23/06/2016

Publicado en el Boletín Oficial de Aragón de 23 de junio de 2016 el primer Acuerdo Marco de la Industria del Metal para toda la Comunidad Autónoma.

Como establece el preámbulo de la Resolución de 31 de mayo de 2016, de la Directora General de Trabajo, con el Acuerdo Marco de la Industria del Metal en Aragón, se pretende el establecimiento de una serie de materias de ordenación común para todo el Sector en el ámbito de la comunidad autónoma, la distribución de competencias reguladoras entre los distintos ámbitos y niveles de negociación y las distintas vías de articulación entre los mismos.

El nivel sectorial de la comunidad autónoma pretende ser un punto de referencia respecto a los fines y propósitos para los niveles inferiores, así como un marco de ayuda a las partes en esos niveles descentralizados, que deben fijar concretas condiciones de trabajo, no debemos olvidar, la vigente regulación provincial, en vigor en Zaragoza y Teruel hasta finales de 2016 y el vencido en Huesca con fecha del 31 de diciembre de 2015.

A pesar de que los convenios colectivos sectoriales o subsectoriales de ámbito inferior seguirán fijando las condiciones mínimas respecto a las empresas y, a los trabajadores y trabajadoras de su ámbito territorial como la jornada, el incremento salarial o los permisos, los trabajadores de este sector tendrán un marco de condiciones laborales comunes ya pactadas que afectan entre otras a: modalidades de contratación, clasificación profesional, normas de prevención de riesgos laborales, políticas de igualdad o procedimientos extrajudiciales para la solución de conflictos, etc. Igualmente el AMIMA incluye un apartado de empleo y formación, de momento sin contenido

Ámbito territorial

El A.M.I.M.A. será de aplicación en toda la Comunidad Autónoma de Aragón.

Ámbito personal

Las condiciones de trabajo aquí reguladas afectan durante su periodo de vigencia a todas las empresas, trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito señalado en el artículo 2.

Se excluyen únicamente las actividades, relaciones y prestaciones establecidas en el Estatuto de los Trabajadores.

Ámbito temporal

El A.M.I.M.A. entrará en vigor el día desde la fecha de su publicación (23 de junio de 2016), manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017 fecha a partir de la cual quedará denunciado automáticamente.

Una vez finalizada la vigencia anteriormente indicada, y al objeto de evitar el vacío normativo durante el proceso de negociación, continuará vigente hasta que sea sustituido por otro.

Con independencia de lo dispuesto en los párrafos anteriores, cualquiera de las partes legitimadas para negociar este acuerdo, en vista de las variables de la Negociación Colectiva, podrán proponer durante la vigencia del mismo su revisión y/o la negociación de nuevas materias, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.

Mantenimiento de garantías personales

Se respetaran las condiciones personales que globalmente consideradas superen lo pactado en el A.M.I.M.A, de manera que los trabajadores y las trabajadoras no vean disminuidos sus derechos en sus respectivas empresas como consecuencia de la entrada en vigor de éste.

Norma

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2016, de la Directora General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo Marco de la Industria del Metal en Aragón (Boletín Oficial de Aragón. Número 120 de 23 de junio de 2016 ).

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