Publicado el Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la Repúblic... para su aplicación.
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Publicado el Convenio de ...plicación.

Última revisión
16/03/2018

Publicado el Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Popular China junto al acuerdo Administrativo para su aplicación.

Tiempo de lectura: 2 min

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Materias: laboral, extranjeria

Fecha: 16/03/2018

firma Convenio de Seguridad Social entre el España y China
firma Convenio de Seguridad Social entre el España y China

Con la publicación en el BOE del 16/03/2018 de la norma reguladora, y de aplicación, en materia de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Popular China se sientan las bases para reducir los costes sociales de las empresas con trabajadores desplazados de uno u otro país y se culminan unas negociaciones iniciadas en 2.011.

Este Convenio se aplicará a todas las personas sujetas a la legislación de seguridad social de cualquiera de las dos Partes en relación al Seguro básico de vejez para trabajadores por cuenta ajena y Seguro de desempleo respecto a China y pensiones contributivas de trabajadores por cuenta ajena del Sistema de Seguridad Social -excepto las debidas a accidentes de trabajo o enfermedades profesionales- y cotizaciones y prestaciones de desempleo para trabajadores por cuenta ajena, en el caso de España.

Entre otras cuestiones, las principales novedades aparecen en campos como el desplazamiento de trabajadores - se precisa el procedimiento de solicitud de desplazamiento inicial (72 meses) y la prórroga del desplazamiento (art. 7) -, el intercambio de información y asistencia mutua (art. 11), la emisión de certificados (art. 13).

Personas desplazadas

Cuando una persona sea desplazada por su empresa a uno de los territorios del convenio para prestar allí servicios para la  misma, la legislación nacional continuará siendo aplicable respecto a dicho empleo durante los primeros setenta y dos meses naturales (seis años), como si el trabajador continuase trabajando en su territorio nacional.

En caso de desplazamientos por encima de los seis años, la cotización en el país de origen podrá prorrogarse por acuerdo de ambas administraciones, siempre que las Autoridades Competentes o Instituciones Competentes de las Partes Contratantes accedan a ello. 

¿Cómo afecta a los desplazados españoles a efectos de cotización?

La aplicación práctica de lo anterior supone, en el caso de españoles desplazados a China, que, durante los seis primeros años de estancia en el extranjero cotizarán en España por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia y desempleo, quedando exentos de cotizar al seguro básico de vejez para trabajadores por cuenta ajena y al seguro de desempleo de China.

No obstante, las cuotas a la seguridad social debidas a accidentes de trabajo o enfermedades profesionales se realizarán al organismo chino.

Tanto el Acuerdo administrativo como el Convenio de Seguridad Social entrarán en vigor el 20 de marzo de 2018.

- L-25726394

- L-25726393

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