Publicado el extracto de la convocatoria de subvenciones para la financiación de... de ámbito estatal.
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Última revisión
25/01/2019

Publicado el extracto de la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de formación de ámbito estatal.

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Materias: laboral

Fecha: 25/01/2019

 subvenciones programas formación
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Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán como finalidad la financiación de programas de formación de ámbito estatal dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados, orientados a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, con las necesidades de adaptación a los cambios del sistema productivo y a las posibilidades de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y les permita mejorar su empleabilidad.

Para esta convocatoria se distinguen los siguientes tipos de programas de formación:

a) Programas transversales generales compuestos por acciones formativas dirigidas al aprendizaje de competencias transversales a varios sectores de actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de trabajadores de otros sectores.

b) Programas de formación sectoriales estatales compuestos por acciones formativas dirigidas a la formación de trabajadores de un ámbito sectorial concreto, que respondan a las necesidades de adquisición de competencias técnico profesionales específicas a cada uno de los sectores productivos.

c) Programas de formación transversales: dirigidos a personas trabajadoras autónomas y programas de formación transversales dirigidos a personas trabajadoras y socias de la economía social, siempre que aporten actividad económica.

Las especialidades formativas correspondientes a los diferentes tipos de programas figuran en el Anexo III de la Convocatoria y en la página web de FUNDAE.

Tras la publicación del Extracto de la Resolución de 17 de enero de 2019, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas (BOE 24/01/2019), se abre un plazo para la presentación de solicitudes de 30 días a contar desde el 25 de enero de 2019.

  • Entidades solicitantes: requisitos y acreditación.

Podrán solicitar subvenciones para financiar la ejecución de los distintos tipos de programas vinculados objeto de esta convocatoria de ámbito estatal, las siguientes entidades:

a) Las entidades de formación, públicas o privadas, con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, acreditadas y/o inscritas, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en al menos dos comunidades autónomas.

b) Las agrupaciones con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, constituidas por entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el Registro correspondiente, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas.

  • Requisitos de las entidades de formación solicitantes.

1. Las entidades de formación deberán estar acreditadas y/o inscritas al momento de presentación de la solicitud para aquellas especialidades formativas que constituyan el objeto de la misma. Asimismo, las entidades deberán cumplir por cada certificado de profesionalidad, los requisitos establecidos en los reales decretos reguladores de cada certificado de profesionalidad en la impartición de formación correspondiente a la misma familia profesional.

2. En el caso de especialidades formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas no vinculadas a la obtención de un certificado de profesionalidad, las entidades de formación deberán estar inscritas para la impartición de las acciones incluidas en la solicitud presentada al momento de la presentación de la misma.

3. Las entidades solicitantes habrán de estar constituidas como entidades de formación, con anterioridad al 1 de enero de 2018, y disponer, de conformidad con el artículo 15.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica para impartir la formación, tanto teórica como práctica, así como la calidad de la misma.

Las entidades que opten a esta subvención deberán acreditar la disponibilidad de instalaciones y recursos humanos adecuados que la entidad destinará a la ejecución del programa de formación, indicando si son de titularidad propia o si su disponibilidad proviene de cualquier otra atribución válida en derecho. Esta información se acreditará mediante la presentación de una declaración responsable del representante legal junto con la solicitud de la subvención. 

  • Plazo de presentación de solicitudes.

30 días a contar desde el 25 de enero de 2019.

  • Cuantía.

Los programas de formación que se desarrollen al amparo de esta convocatoria contarán con un importe 350.000.000,00 euros, correspondiendo al ejercicio 2019, 140.000.000 euros, al ejercicio 2020, 105.000.000 euros, y al ejercicio 2021: 105.000.000 euros.

  • Normativa

Extracto de la Resolución de 17 de enero de 2019, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas (BOE 24 de enero de 2019)

Corrección de errores del Extracto de la Resolución del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas (BOE 9 de enero de 2019)

Artículo 8 Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

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