Publicado el modelo para encuesta a los beneficiarios del Fondo Europeo de Adapt...bajadores Despedidos
Noticias
Publicado el modelo para ...Despedidos

Última revisión
11/12/2023

Publicado el modelo para encuesta a los beneficiarios del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Relacionados:

Materias: laboral

Fecha: 11/12/2023

El DOUE del 05/12/2023, publica el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2696, por el que se establecen los procedimientos que deben seguirse y el modelo que debe utilizarse para realizar las encuestas a los beneficiarios del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos.


Publicado el modelo para encuesta a los beneficiarios del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos
Publicado el modelo para encuesta a los beneficiarios del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos


Como es sabido, el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos (FEAG) es un instrumento especial de la UE para expresar la solidaridad de la UE con los trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia europeos que han perdido su puesto de trabajo como consecuencia de reestructuraciones, y ayudarles a encontrar un nuevo empleo. (Como tratamos en nuestra noticia del pasado 25/05/2023, Europa ha movilizado 1,2 millones de euros de este fondo para recolocar a los trabajadores despedidos de Alu Ibérica).

A fin de garantizar el seguimiento de los resultados y de facilitar las evaluaciones del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos (FEAG), el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2696 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2023, establece los procedimientos que deben seguirse y el modelo que debe utilizarse para realizar las encuestas a los beneficiarios a que se refiere el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/691.

Procedimientos para la realización de la encuesta a los beneficiarios

1. La Comisión pondrá en marcha la encuesta en un sistema de gestión de encuestas en línea, en la lengua o lenguas oficiales del Estado miembro de que se trate, utilizando el modelo a que se refiere el artículo 3. El enlace a la encuesta se enviará al Estado miembro de que se trate a más tardar cinco meses después del final del período de ejecución de la contribución financiera correspondiente.

2. El Estado miembro de que se trate pondrá en marcha la encuesta durante el sexto mes posterior a cada período de ejecución, de conformidad con el artículo 22, apartado 4, del Reglamento (UE) 2021/691, mediante el envío de una invitación a participar en la encuesta a cada beneficiario de la ayuda del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos (FEAG). A partir de la fecha de puesta en marcha de la encuesta, la Comisión la mantendrá activa durante al menos cuatro semanas.

3. El Estado miembro de que se trate informará a la Comisión de los posibles períodos vacacionales u otras circunstancias que puedan afectar a la tasa de participación. En este caso, podrá programarse la encuesta para que se mantenga activa durante un período ampliado de hasta ocho semanas.

4. El Estado miembro de que se trate enviará un recordatorio a los beneficiarios una semana antes del final programado de la encuesta.

5. En caso de que la tasa de participación sea baja, la Comisión y el Estado miembro de que se trate podrán acordar una prórroga del período de la encuesta. Si se acuerda prorrogar el período de la encuesta, el Estado miembro de que se trate enviará un recordatorio adicional a los beneficiarios e indicará la duración del período prorrogado.

6. El Estado miembro de que se trate notificará a la Comisión los esfuerzos realizados para fomentar la participación e informará a la Comisión en cuanto se haya puesto en marcha la encuesta y tan pronto como se haya enviado un recordatorio.

7. El Estado miembro de que se trate informará a los beneficiarios de la existencia de la futura encuesta tan pronto como soliciten asistencia y les pedirá que mantengan actualizados sus datos de contacto hasta la puesta en marcha de la encuesta. Los Estados miembros ayudarán a los beneficiarios a acceder al sistema de gestión de encuestas en línea.

Modelo para las encuestas a los beneficiarios

1. Las encuestas a los beneficiarios a que se refiere el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/691 se llevarán a cabo utilizando el modelo que figura en el anexo.

2. La Comisión publicará el modelo en todas las lenguas oficiales de la Unión.

3. El Estado miembro de que se trate podrá solicitar que se añadan preguntas al modelo con fines de evaluación o seguimiento a nivel nacional, siempre que no se altere el modelo como tal. Las preguntas adicionales propuestas deberán presentarse a la Comisión en la lengua o lenguas oficiales del Estado miembro a más tardar dos meses después del final del período de ejecución. La Comisión decide si permite que se añadan preguntas adicionales.

Utilización de los datos de la encuesta

1. La Comisión será la propietaria de los datos recopilados. La Comisión utilizará la información cuantitativa y cualitativa recopilada con fines de seguimiento y evaluación únicamente.

2. Previa solicitud, la Comisión pondrá a disposición del Estado miembro de que se trate los resultados agregados de una encuesta con fines de evaluación y seguimiento a nivel nacional.

Entrada en vigor

El nuevo Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Modelo para la Encuesta a los Beneficiarios del FEAG

Las encuestas a los beneficiarios a que se refiere el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/691 se llevarán a cabo utilizando el modelo que figura en el anexo de la norma.

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Comentarios de un magistrado de lo Social sobre la justicia y otros aspectos
Disponible

Comentarios de un magistrado de lo Social sobre la justicia y otros aspectos

Pedro Tuset del Pino

21.25€

20.19€

+ Información

Prevencion de riesgos laborales relacionados con los agentes físicos: ruido
Disponible

Prevencion de riesgos laborales relacionados con los agentes físicos: ruido

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Prevención de riesgos psicosociales y estrés en el trabajo
Disponible

Prevención de riesgos psicosociales y estrés en el trabajo

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Relación Laboral Especial de Estibadores Portuarios
Disponible

Relación Laboral Especial de Estibadores Portuarios

6.83€

6.49€

+ Información