Publicado nuevo paquete...or la DANA

Última revisión
29/11/2024

Publicado nuevo paquete de ayudas para los afectados por la DANA

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 6 min

Materias: administrativo

Fecha: 29/11/2024

El Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, contiene medidas para favorecer la reconstrucción y la recuperación de las zonas afectadas por la DANA.

Publicado nuevo paquete de ayudas para los afectados por la DANA


Se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Un mes después de sufrir una de las catástrofes meteorológicas más significativas de su historia reciente, España se enfrenta a la dura tarea de reconstrucción y recuperación. El 29 de octubre de 2024, España sufrió la peor DANA registrada de su historia con especial incidencia en la Comunitat Valenciana.

El Gobierno ha implementado un Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento para abordar la crisis. Este marco estratégico se articula en tres fases: respuesta inmediata, reconstrucción y transformación del territorio frente a la emergencia climática que afecta a las regiones mediterráneas. 

En su primera fase, el 5 de noviembre, se movilizaron 10,609 millones de euros en ayudas urgentes, incluyendo beneficios fiscales y medidas para apoyar a ciudadanos, PYMES, autónomos y corporaciones locales.

Apenas una semana después del primer paquete de ayudas, el 11 de noviembre, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, el cual establece 110 medidas adicionales por un total de 3,765 millones de euros. Las nuevas medidas abarcan diferentes ámbitos, como, por ejemplo, el energético, tributario, agrario o de vivienda.

Ahora con el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembrese aprueba un nuevo conjunto de medidas en el marco de la segunda fase, de reconstrucción, para favorecer la vuelta y la normalidad y la recuperación de las zonas afectadas.

Una de las iniciativas más destacadas contenidas en el RD es el PLAN REINICIA AUTO+, que beneficia a aquellos cuyos vehículos fueron destruidos durante el evento meteorológico. Esta medida busca incentivar la adquisición de nuevos vehículos a través de subvenciones directas y ha sido diseñada para facilitar el acceso a todos los usuarios afectados. El procedimiento para otorgar las ayudas será el de concesión directa, y se canalizarán a través de dos secciones con convocatorias diferenciadas:

  • Una para la adquisición vehículos con el distintivo ambiental «Cero Emisiones», que no serán compatibles con otras ayudas.
  • Otra para adquirir vehículos con los distintivos «Eco» y «C», que podrán compatibilizarse con otras ayudas sin que la suma recibida en conjunto supere el 100% del coste del vehículo.

Cada una de estas secciones diferenciará a su vez la ayuda a personas físicas y autónomos, y la ayuda dirigida a empresas y otras entidades.

Las ayudas no solo podrán destinarse a la adquisición de vehículos nuevos matriculados a partir del 30 de octubre de 2024, sino también seminuevos que sean titularidad de un concesionario y que se matriculen con posterioridad al 30 de octubre de 2021.

Además, en el título II se regulan las medidas de apoyo al sostenimiento de la actividad productiva en el sector industrial, turístico y de apoyo al comercio internacional, a través del denominado Plan REINICIA PLUS INDUSTRIA Y TURISMO (REINICIA +), con medidas dirigidas a facilitar a las empresas de las áreas afectadas por la DANA el acceso a fondos y financiación, con procedimientos ágiles y condiciones favorables. Entre estas medidas destacan:

  • Creación de mecanismos de ayuda a PYMES para gestionar las ayudas extraordinarias.
  • Línea específica de financiación del Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP), dotada con 650 millones de euros, a través de la cual se concederán préstamos a interés cero para nuevos proyectos de inversión industrial en las zonas afectadas.
  • Línea específica de financiación ICO-Turismo FOCIT, dotada con 200 millones de euros, con interés cero, para llevar a cabo las inversiones necesarias que permitan la reactivación de la actividad empresarial, e impulsar su modernización.
  • Exención de cuotas para participar en las ferias u otras actividades de promoción de comercio internacional organizadas por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., que tengan lugar hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Convocatoria específica del programa ICEX Internalización para las áreas afectadas, en las que se propone excluir determinados requisitos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En otro orden, el título III recoge medidas de carácter procesal y societario, destacando entre las primeras el acuerdo para alzar la suspensión de los plazos procesales que fue acordada en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 noviembre, y el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, y reiniciando el cómputo de los plazos no tomando en consideración el plazo que hubiese transcurrido previamente. Además, se acuerda la ampliación de los plazos para presentar recursos contra sentencias y otras resoluciones que ponen fin al procedimiento y que se notifiquen durante la suspensión de plazos acordada, y de las que sean notificadas en los 20 días hábiles siguientes al levantamiento de los plazos suspendidos.

En el ámbito societario se atenúan distintas obligaciones de las sociedades de manera temporal y excepcional, tales como la obligación de presentar cuentas que será suspendida hasta el 30 de junio de 2025, o la limitación del derecho de separación de los socios, que no podrá ejercerse hasta el 30 de junio de 2025. El plazo para solicitar la declaración de concurso, o la apertura de las negociaciones también se amplia, en este caso, hasta el 31 de diciembre de 2025.

Por su parte el título IV recoge medidas de apoyo en materia de transición energética, y el título V contiene medidas dirigidas a distintos ámbitos y colectivos afectados especialmente por la DANA, con medidas que abarcan el ámbito educativo y universitario, con ayudas directas de 600 euros por estudiante, para la recuperación o reposición de los libros de texto y del material escolar. También se prevé la exención de la tasa para la obtención del duplicado del título universitario. 

También se recogen ayudas en otros ámbitos como el cultural o el deportivo, y se incluyen ayudas para financiar distintos medios y materiales para personas con discapacidad que hubieran sufrido pérdidas o daños irreparables en el material o productos de los que dispusieran para su autonomía personal.

La entrada en vigor de este Real Decreto-ley está establecida para el día siguiente a su publicación, es decir, el 30 de noviembre de 2024.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.