Última revisión
Publicado el Reglamento sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura
Se ha publicado en el BOE el
Ha sido publicado en el BOE del 9 de febrero de 2023 el
La
Este RD se aprueba precisamente para adaptarse a la nueva regulación del sistema de acceso al ejercicio de la abogacía y la procura prevista en la
Según la disposición transitoria primera los abogados ya incorporados a un colegio, o en condiciones de incorporarse por cumplir todas las condiciones necesarias, podrán ejercer como procuradores en los términos establecidos en el art. 1 de la
Por su parte, los procuradores que hubiesen obtenido el título de procurador, estén en posesión de una Licenciatura o Grado de Derecho y estuvieran incorporados a un colegio de procuradores o en condiciones de estarlo, podrán ejercer como abogados, en los términos establecidos en el art. 1 cuando cumplan dos requisitos dentro de los dos años académicos siguientes a la entrada en vigor de este reglamento:
- Superar un curso de capacitación profesional.
- Superar la prueba de evaluación de la aptitud profesional.
Por su parte, la disposición transitoria segunda dispone que los cursos de formación de abogacía y procura ya iniciados a la fecha de entrada en vigor de la
¿Cómo será la prueba de acreditación de la capacitación profesional?
Esta prueba será única e igual en todo el territorio español, y estará dirigida a a comprobar la formación práctica suficiente para el ejercicio profesional de la abogacía y de la procura, y en particular, a la adquisición de las competencias que deben garantizar los cursos de formación especializada según lo establecido en este reglamento.
Consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples, y podrá ser realizada de manera online o presencialmente, según lo indique el Ministerio de Justicia para cada convocatoria.
¿Cuál será el contenido de la evaluación?
Según lo estipulado en el apartado 4 del art. 16 de este reglamento, el contenido de la evaluación se fijará para cada convocatoria por el Ministerio de Justicia. Con este fin, durante todo el periodo desde la última convocatoria y en todo caso previamente a la realización de la siguiente, las comunidades autónomas, el Consejo General del Poder Judicial, las universidades, el Consejo General de la Abogacía Española y el Consejo General de Colegios de Procuradores de España podrán dirigir propuestas al Ministerio de Justicia.
A TENER EN CUENTA. Aunque no lo prevea de forma expresa, se entiende que esta nueva prueba de evaluación como los cursos de formación, estarán operativos para el curso 2023-2024.