Publicado el Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.
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Publicado el Reglamento g...ad Social.

Última revisión
02/07/2018

Publicado el Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.

Tiempo de lectura: 4 min

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Materias: laboral, administrativo

Fecha: 02/07/2018

gestión financiera
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Mediante este nuevo reglamento general de la gestión financiera se completa, de forma actualizada, la regulación reglamentaria establecida en otros ámbitos de la gestión de la Tesorería General de la Seguridad Social relacionados con su condición de caja única del sistema de la Seguridad Social, así como de titular de su patrimonio único, contenida en el Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, y en el Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el patrimonio de la Seguridad Social.

  • Actualización de los procedimientos, las formas y los medios de pago en el ámbito de la Seguridad Social

Se pretende la actualización de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago,mediante la que se ha incorporado al ordenamiento jurídico español la Directiva 2007/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, ha incidido en los procedimientos que tramita la Tesorería General de la Seguridad Social en su condición de caja pagadora del sistema, aun manteniéndose el marco general de colaboración y de obligaciones y derechos con las entidades financieras.

Se actualizan los procedimientos, las formas y los medios de pago en el ámbito de la Seguridad Social, estableciendo la utilización de medios electrónicos en el procedimiento de pago de las obligaciones del sistema, de conformidad con lo previsto en las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en consonancia con el programa de automatización progresiva de la gestión de la Seguridad Social.

También ha de destacarse el actual escenario de pagos generado por los nuevos instrumentos de la zona única de pagos en euros, denominada SEPA («Single Euro Payments Area»), y por la aprobación del Reglamento (UE) n.º 260/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros.

  • Colaboración en la gestión de los ingresos y los pagos del sistema de la Seguridad Social por parte de las entidades financieras, y de sus agrupaciones o asociaciones

La colaboración en la gestión de los ingresos y los pagos del sistema de la Seguridad Social por parte de las entidades financieras, y de sus agrupaciones o asociaciones, se regula de forma más amplia que en el reglamento anterior.

La regulación contenida en este reglamento permite, asimismo, la armonización con la normativa reguladora del procedimiento de pagos en el ámbito de la Administración General del Estado.

De acuerdo con ello, este nuevo reglamento se atiene a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Así, la norma persigue el desarrollo de las referidas previsiones legales en esta materia de los ingresos y pagos del sistema de la Seguridad Social, al objeto de asegurar la efectiva aplicación de los cambios producidos en este ámbito y contribuir al objetivo de interés general de asegurar la efectiva aplicación de dichas previsiones legales, incorporando al texto diversos preceptos encaminados a mejorar la calidad, la gestión y el control adecuado de los mencionados procedimientos de ingresos y pagos, constituyendo el instrumento más adecuado para garantizar su consecución, ya que contiene la regulación imprescindible para atender las necesidades que pretende cubrir, no tratándose de una norma restrictiva de derechos.

  • Nuevas competencias

Se flexibiliza el circuito financiero de la Tesorería General de la Seguridad Social, atribuyendo mayores competencias a su Director General para la apertura de nuevas cuentas en función de su finalidad, recaudatoria o de pago, y adelantando los plazos de comunicación de los importes recaudados por cuotas y para el envío de la documentación recaudatoria correspondiente por parte de las entidades financieras.

En este plano se concretan las competencias que ostenta el Ordenador General de Pagos para realizar una gestión eficaz de tesorería mediante la concertación para los fondos disponibles de operaciones de adquisición de activos, subastas de liquidez, depósitos a plazos y fondos en cuentas tesoreras, con el objetivo de incorporar nuevas alternativas de gestión al actual depósito de fondos de la Seguridad Social en las cuentas abiertas en el Banco de España.

  • Entrada en vigor y Derogación normativa.

Con la entrada en vigor, el día 1 de julio de 2018, del nuevo reglamento. queda derogado el Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.

  • Curiosidad

El nuevo reglamento elimina la posibilidad de cobrar la pensión en efectivo mediante pago directo por ventanilla bancaria al fijarse tres instrumentos de pago a través de sistemas electrónicos: 

- las transferencias SEPA,

- los adeudos directos SEPA,

- las tarjetas de crédito y pago bancarias.

Según el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), sólo 4.000 pagos se realizan bajo esta modalidad en todo el país, frente a los más de 9 millones de transferencias que se realizan cada mes

  • L-25920220

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