Última revisión
09/07/2015
Los nuevos modelos estarán vigentes a partir del 10 de julio de 2015
El MUFACE y las clases pasivas es la abreviatura con la que se conoce a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. Los funcionarios de la Administración Civil del Estado están encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, uno de los regímenes especiales del Sistema de Seguridad Social español.
Este Régimen especial cuenta con dos mecanismos de cobertura complementarios:
- a) El Régimen del Mutualismo Administrativo, gestionado por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (El MUFACE y las clases pasivas)
- b) El Régimen de Clases Pasivas, que tiene las competencias para el reconocimiento de los derechos pasivos y la concesión de las prestaciones de clases pasivas (jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares). (Este mecanismo de cobertura no está disponible para quienes acceden a la condición de funcionarios de la Administración Civil del Estado desde el 01/01/2011, sino que están incluidos obligatoriamente en el Régimen General de la Seguridad Social, a los exclusivos efectos de sus derechos pasivos.)
Mutualistas (afiliación obligatoria)
Quedan obligatoriamente incluidos en el campo de aplicación del mutualismo administrativo:
- Los funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado.
- Los funcionarios en prácticas que aspiren a ingresar en cuerpos de la Administración Civil del Estado.
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios del mutualismo administrativo los siguientes familiares o asimilados a cargo de un mutualista en alta:
- El cónyuge del mutualista, así como la persona que conviva con el mutualista en análoga relación de afectividad a la del cónyuge con los requisitos establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Los descendientes, hijos adoptivos y hermanos.
- Los ascendientes, cualquiera que sea su condición legal, e incluso adoptivos, tanto del mutualista como de su cónyuge, y los cónyuges por ulteriores nupcias de tales ascendientes.
- Cualquiera otra persona relacionada con el mutualista que se determine de acuerdo con lo dispuesto en el Régimen General de la Seguridad Social.
Afiliación, bajas y altas
La afiliación a MUFACE surte efectos desde la toma de posesión y ésta se produce en el mismo momento de la adquisición de la condición de funcionario en un cuerpo que esté dentro del campo de aplicación del mutualismo administrativo, o, en su caso, del inicio del correspondiente periodo de prácticas, si lo hubiera.
A partir de ese momento, el mutualista quedará incorporado a MUFACE con un número de afiliación, que será único para toda la vida de aquél y se le expedirá el documento de afiliación, una vez que elija la Entidad que desea le preste la asistencia sanitaria, de entre las concertadas por MUFACE.
Con posterioridad se pueden producir bajas y altas, dependiendo de la situación administrativa a la que pueda pasar el funcionario.
Nuevos modelos normalizados de afiliación, bajas y altas
Han sido publicados los nuevos modelos a través de la Resolución de 30 de junio de 2015, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se aprueban los modelos normalizados de solicitudes de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos, para mutualistas y beneficiarios.
Estos nuevos modelos se podrán utilizar a partir del 10 de julio de 2015.
