Última revisión
27/12/2017
Publicados los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2018

Tal y como se indica en la L-25569554, respecto al ejercicio anterior, el presupuesto total crece un 6,79 %, el presupuesto propio un 2,21 % y el Fondo Foral de Financiación Municipal, en términos homogéneos, un 3,99 %.
Con relación a las políticas de gasto, éstas están orientadas a afrontar la actual coyuntura, invirtiendo de manera prioritaria en políticas que ayuden a superar los efectos de la crisis sobre las empresas y las personas y fortalezcan el tejido productivo, incidiendo en la competitividad de Gipuzkoa.
En este sentido, por un lado, el presupuesto 2018 recoge un Plan de Reactivación Económica cuyo objetivo es impulsar y contribuir a la dinamización económica y social del territorio.
Por otro lado, el presupuesto refuerza notablemente los recursos destinados a políticas sociales.
Adicionalmente, han sido calificados como ampliables aquellos créditos destinados a gasto social, en previsión de que la dotación pueda resultar insuficiente para cubrir las necesidades a lo largo del ejercicio, expresando la voluntad política de dotar dichos créditos hasta cubrir las necesidades presupuestarias.
Otro aspecto a resaltar en estos presupuestos es que incluyen los créditos de pago y créditos de compromiso necesarios para culminar uno de los proyectos estratégicos de la legislatura, la llamada «Rotonda de Gipuzkoa», uno de los proyectos críticos para el territorio como instrumento fundamental de movilidad, accesibilidad y ordenación del territorio, así como agente fundamental de desarrollo económico.
Atendiendo a la necesaria colaboración entre los ayuntamientos y la Diputación Foral de Gipuzkoa para el desarrollo del bienestar de este territorio, estos presupuestos contemplan subvenciones a los entes locales del territorio por una cuantía de 54,90 millones de euros.
MEDIDAS TRIBUTARIAS
En las disposiciones finales, la norma foral recoge la modificación de la Norma Foral 3/2014, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de la Norma Foral 3/1990, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y de la Norma Foral 4/2007, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
IRPF
Reducción por tributación conjunta: Con efectos a partir del 1 de enero de 2018, se introducen las siguientes modificaciones en la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa:
El artículo 73 queda redactado en los siguientes términos:
1.En los supuestos en que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de esta Norma Foral se opte por la tributación conjunta, la base imponible general se reducirá en el importe de 4.282 euros anuales por autoliquidación.
2.La reducción señalada en el apartado anterior será de 3.720 euros en el caso de las unidades familiares señaladas en el apartado 2 del artículo 97 de esta Norma Foral.
Escala de los tipos de gravamen
La base liquidable general será gravada a los tipos que se indican en la siguiente escala:
Oinarri likidagarri orokorra (goi muga)/ Base liquidable general hasta | Kuota osoa/ Cuota íntegra | Oinarri likidagarriaren gainerakoa (goi muga)/Resto base liquidable hasta | Tasa/Tipo aplicable |
Euroak/Euros | Euroak/Euros | Euroak/ Euros | % |
0,00 | 0,00 | 15.790,00 | 23,00 |
15.790,00 | 3.631,70 | 15.790,00 | 28,00 |
31.580,00 | 8.052,90 | 15.790,00 | 35,00 |
47.370,00 | 13.579,40 | 20.290,00 | 40,00 |
67.660,00 | 21.695,40 | 26.060,00 | 45,00 |
93.720,00 | 33.422,40 | 31.230,00 | 46,00 |
124.950,00 | 47.788,20 | 57.240,00 | 47,00 |
182.190,00 | 74.691,00 | Hortik gora/ En adelante | 49,00 |
Minoración de cuota
Los contribuyentes aplicarán una minoración de cuota de 1.410 euros por cada autoliquidación
Deducciones
Se modifican las cuantías de las deducciones por descendientes, ascendientes y por edad del contribuyente.
ISD
Tarifas
Se modifican los tramos de la escala de tarifas para los grupos II y III:
II. taldea / Grupo II | |||
Oinarri likidagarria, gehienez Base liquidable hasta Euroak / Euros | Kuota osoa Cuota íntegra Euroak / Euros | Oinarriaren gainerakoa, gehienez Resto base hasta Euroak / Euros | Tasa marginala Tipo marginal % |
0 | 0,00 | 8.200 | 5,70 |
8.200 | 467,40 | 16.390 | 7,98 |
24.590 | 1.775,32 | 16.390 | 10,26 |
40.980 | 3.456,94 | 40.990 | 12,54 |
81.970 | 8.597,08 | 81.970 | 15,58 |
163.940 | 21.368,01 | 245.990 | 19,38 |
409.930 | 69.040,87 | 409.740 | 23,18 |
819.670 | 164.018,60 | 1.229.460 | 28,50 |
2.049.130 | 514.414,70 | Soberakina / Exceso | 34,58 |
III. taldea / Grupo III | |||
Oinarri likidagarria, gehienez Base liquidable hasta Euroak / Euros | Kuota osoa Cuota íntegra Euroak / Euros | Oinarriaren gainerakoa, gehienez Resto base hasta Euroak / Euros | Tasa marginala Tipo marginal % |
0 | 0,00 | 8.200 | 7,60 |
8.200 | 623,20 | 16.390 | 10,64 |
24.590 | 2.367,10 | 16.390 | 13,68 |
40.980 | 4.609,25 | 40.990 | 16,72 |
81.970 | 11.462,78 | 81.970 | 20,52 |
163.940 | 28.283,02 | 245.990 | 25,08 |
409.930 | 89.977,31 | 409.740 | 29,64 |
819.670 | 211.424,25 | 1.229.460 | 35,72 |
2.049.130 | 650.587,36 | Soberakina / Exceso | 42,56 |
*** Con efectos a partir del 1 de enero de 2018 ***
