Última revisión
El Real Decreto de la estiba no supera el trámite del congreso.
Como adelantábamos en nuestra noticia Publicada la nueva regulación de la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías.", del pasado 27/02/2017, tras la publicación, en el BOE del 25 de febrero de 2017, del RD-Ley 4/2017 de 24 de Febrero, se abría un plazo máximo de 30 días en el que el Congreso debía convalidar o derogar el texto. De esta forma, el Real Decreto Ley ha sido "tumbado" con 175 votos en contra, frente a los 142 a favor y 33 abstenciones, entre ellas la de Ínigo Errejón, que se ha equivocado al votar.
Ante esta situación, y teniendo presente la posible sanción a España de 23 millones a la que se sumará otra de 134.107 euros diarios sin límite temporal; el ministro de Fomento, Íñigo De la Serna, volverá a reunirse con los estibadores el próximo martes con la intención de conseguir un visto bueno para su propuesta. De ser así, casi con toda probabilidad, el Consejo de Ministros aprobaría un nuevo decreto y lo llevaría de nuevo al Congreso con idea de que esta vez sí pueda ser convalidado, ya que el grupo de Ciudadanos lo ratificará en caso de existir acuerdo con el sector.
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