Última revisión
02/03/2015
Desde el 1 de marzo de 2015 todas las empresas que contraten de forma indefinida y creen empleo neto quedarán exentas de cotización empresarial en los primeros 500 euros mensuales correspondiente a contingencias comunes siempre que el contrato se celebre a tiempo completo.

Todas las empresas, con independencia de su tamaño, tanto si la contratación es a tiempo completo como si es a tiempo parcial, podrán beneficiar de esta medida respecto de los contratos celebrados, entre el 01/03/2015 - 31/08/2016, de cumplir los requisistos establecidos en el art. 8, Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.
La nueva tarifa, que se aplicará durante un período de 24 meses, computados a partir de la fecha de efectos del contrato, supone una rebaja progresiva del coste laboral por cotizaciones sociales, para ello, la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes se determinará conforme a las siguientes reglas:
- Si la contratación es a tiempo completo, los primeros 500 euros mensuales de la base de cotización por contingencias comunes (reducidos de forma proporcional a la jornada en contratos indefinidos a tiempo parcial) quedarán exentos de la aplicación del tipo de cotización en la parte correspondiente a la empresa. Al resto del importe de dicha base le resultará aplicable el tipo de cotización vigente en cada momento.
En la aplicación práctica, para un trabajador con salario de 1.000 euros las cotizaciones se verán reducidas en cerca de un 50%, mientras que para un trabajador con sueldo situado en la base de cotización máxima, la cuota a la Seguridad Social se verá reducida en un 14%.
Para que esta medida se pueda aplicar a la contratación a tiempo parcial la jornada de trabajo ha de ser, al menos, equivalente a un 50 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable. En estos casos, la cuantía señalada, como se ha dicho, se reducirá de forma proporcional al porcentaje de reducción de jornada de cada contrato.
La actual tarifa reducida de 100 euros para las contrataciones indefinidas terminará su vigencia el 31 de marzo, pero ambas convivirán a lo largo del mes de marzo. Durante este periodo, la empresa podrá escoger la que considere más beneficiosa entre ambas.
Ampliar información en: "Tarifa reducida de cotización a la Seguridad Social para los nuevos contratos indefinidos (Exención cotización primeros 500 euros de salario)."
