Rechazada una oferta en una licitación por presentarla el último día en hora canaria.
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Rechazada una oferta en u...a canaria.

Última revisión
16/01/2019

Rechazada una oferta en una licitación por presentarla el último día en hora canaria.

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Materias: administrativo

Fecha: 16/01/2019

Islas Canarias
Islas Canarias

El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales (TARC) dicta resolución de fecha 14 de septiembre de 2018, en la que resuelve el recurso interpuesto por una empresa de las Islas Canarias contra el acuerdo de exclusión de la Mesa de Contratación, del procedimiento para la contratación de un servicio de mantenimiento y explotación de las plantas potabilizadoras, depuradoras y red del alcantarillado de la Base Aérea de Gando (Islas Canarias), por haber presentado su oferta en el último día del plazo habilitado pero en hora canaria.

En esta caso concreto, la licitación se realizó a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, y, a la vista de lo previsto en el artículo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ?El registro electrónico de cada Administración u Organismo se regirá a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo accesible y visible.?

Según el anuncio de licitación publicado en la Plataforma, las ofertas podrían presentarse hasta el 27 de junio de 2018 a las 10:00 de la mañana como hora límite. Según la Mesa de Contratación, se excluye a la empresa canaria por haber presentado su oferta el 27/06/2018 a las 10:15:56 horas (hora del servidor), y, por lo tanto, entiende que se ha presentado fuera de plazo.

La empresa presenta el recurso ante el TARC fundamentando que la presentación de su propuesta se hizo dentro del plazo establecido para ella en el anuncio publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, que se refiere a la hora local de las Islas Canarias, donde tiene su ubicación el órgano de contratación, en contra del criterio que ha seguido el órgano de contratación que es seguir la hora que empleada por el servidor correspondiente a la Plataforma de Contratación del Sector Público.

El TARC rechaza este recurso citando, además del artículo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la cláusula 15.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) que establecía: ?La presentación de ofertas se lleva a cabo utilizando medios electrónicos, a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Utilizando la herramienta de preparación y presentación de ofertas?.

Por lo tanto, el TARC concluye que:

"siendo la Plataforma de Contratación del Sector Público, el medio electrónico de acceso a la licitación, al objeto de presentación de las propuestas de los licitadores debe ser a efectos de cómputo del plazo de presentación de las ofertas la fecha y hora oficial de esta Plataforma la que marque el vencimiento de este plazo, de acuerdo con el artículo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre."

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