Última revisión
El sindicato CCOO ha rechazado la trasposición mediante real decreto ley de la directiva europea sobre desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional por insuficiente y suponer modificaciones poco relevantes sobre la normativa actual.
A pesar de que el borrador enviado por parte del gobierno a los agentes sociales para la aprobación de una norma con rango de ley que permita la trasposición de la Directiva 2014/67/UE, de 16 de mayo [relativa a la garantía de cumplimiento de la Directiva 96/71/CE, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n ° 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior], no ha sido publicado, el sindicato Comisión Obreras ha denunciado una serie de irregularidades que lo llevan a un rechazo de la trasposición pretendida.
De esta manera el Gobierno se ha encontrado con un rechazo frontal a la modificación de la vigente Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional, en base a motivos como
- no está justificada la transposición de la Directiva mediante Real Decreto Ley. Esto esta reservado para “situaciones de urgencia que exijan la necesidad de una acción normativa inmediata en un plazo más breve que el requerido para la tramitación parlamentaria de la ley, sin que pueda justificarse como una urgencia extraordinaria el retraso en la transposición por la existencia de un gobierno en funciones”.
- se incumple la obligación de realizar una consulta real. El Gobierno “incumple la obligación de realizar una consulta real, que no formal, previamente a la aprobación de un RDL”.
- envió del borrador con muy pocos días para presentar alegaciones. Al sindicato le parce inaceptable que únicamente se hayan solicitado observaciones al texto cuando “la obligación de consulta conlleva no solo un intercambio de opiniones sino la apertura de un diálogo real y efectivo sobre el contenido y el alcance de texto”.
- el borrador remitido no cumple la obligación de trasponer la Directiva 2014/67/UE, “ni en cuanto a su finalidad ni en cuanto al alcance de su contenido”.
- se ignora el papel y las competencias que la Directiva atribuye a los interlocutores sociales, lo que “limita su capacidad de representación y defensa, tanto en el ámbito de la empresa como administrativo y judicial, de los trabajadores desplazados”.
Normativa
Directiva 2014/67/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a la garantía de cumplimiento de la Directiva 96/71/CE, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n° 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior («Reglamento IMI»)
Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional.
COMUNICADO DE LA CONFEDERACIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS.