El nuevo texto de la Ley ... personas.

Última revisión
19/11/2014

El nuevo texto de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) supondrá una amnistía fiscal para las pensiones procedentes del extranjero y que no han tributado en España desde el 1 de enero de 2015. En total, se estima que la medida afectará a 1,8 millones de personas.

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Materias: fiscal

Fecha: 19/11/2014

La reforma fiscal de 2015 incluirá la amnistía para jubilados extranjeros

 

Además, las retribuciones sin declarar en período voluntario en años no prescritos podrán ser regularizadas sin recargos, intereses o sanciones durante los seis primeros meses de la entrada en vigor de la reforma. En este sentido, también serán condonados aquellos recargos, intereses y sanciones impuestos por presentar fuera de plazo

Por ello, la Agencia Tributaria devolverá los importes exigidos y cobrados por este tipo de sanciones. Asimismo, si un contribuyente no ha tenido la obligación de ejercer la presentación de declaraciones en algún ejercicio y la inclusión de dichas pensiones determine su obligación de declarar, la regularización se realizará con la presentación de la declaración no presentada. 

Por otro lado, al regularizar pensiones procedentes del extranjero previamente a la nueva normativa, los recargos serán condonados, así como los intereses y sanciones que no hayan adquirido firmeza. En el caso de que la hayan adquirido, deberá solicitarse la condonación en un plazo de seis meses desde la publicación de la ley. 

Los importes ingresados serán devueltos sin abono de intereses de demora, durante los seis meses desde la presentación de la solicitud. Una vez sobrepasado este plazo sin devolución, serán abonados los intereses de demora oportunos. 

Según los datos ofrecidos por Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda, 27.696 inspecciones fueron abiertas en relación a pensionistas extranjeros con residencia en España, además de jubilados retornados cuya pensión en el extranjero no haya sido declarada. 

Actualmente, las sanciones se establecen en los recargos del 20% e intereses del 5% anuales por la demora.

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