Última revisión
14/11/2024
Regulada la tramitación electrónica automatizada de los requerimientos de subsanación de las solicitudes de prestaciones del INSS

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha emitido una resolución, con fecha 28 de octubre de 2024, que regula la tramitación electrónica automatizada de los requerimientos de subsanación de las solicitudes de prestaciones, así como las resoluciones que se emiten cuando un solicitante es considerado desistido. Esta normativa, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 270, establece que, en el caso de que una solicitud de prestación económica no cumpla con los requisitos establecidos o no presente la documentación necesaria, el INSS podrá llevar a cabo un requerimiento de subsanación de manera electrónica y automatizada.
Este proceso se basa en el artículo 68 de la Ley 39/2015, que estipula la necesidad de que el solicitante subsane los errores en un plazo de diez días. Si no se atiende dicho requerimiento, se dará por desistida la solicitud, una decisión que se comunicará al interesado a través del mismo procedimiento automatizado.
Conforme a lo dispuesto en esta nueva normativa, se utilizará un sello electrónico como sistema de firma para validar estos actos administrativos automatizados. Esta innovación no solo hará más eficientes los procedimientos, sino que también permitirá un significativo ahorro de recursos y tiempo tanto para la administración como para los solicitantes.
La entrada en vigor de esta resolución está programada para el día siguiente a su publicación en el BOE, es decir el 09/11/2024.
- Resolución de 28 de octubre de 2024, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se regula la tramitación electrónica automatizada de los requerimientos de subsanación de las solicitudes de prestaciones y las resoluciones por las que se tiene por desistida a la persona interesada.
