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Última revisión
01/06/2026

La AEAT inicia la asistencia en oficinas para presentar la declaración de la renta 2025

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Materias: fiscal

Fecha: 01/06/2026

La Agencia Tributaria inicia la asistencia en oficinas para la Renta 2025, con cita previa desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio de 2026.

Renta 2025: comienza la asistencia en oficinas de la AEAT

 

La Agencia Tributaria inicia la asistencia en oficinas para la Campaña de Renta 2025. El servicio de confección y presentación de declaraciones de Renta en oficinas se prestará desde el 1 hasta el 30 de junio de 2026, con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio de 2026.

La apertura de este servicio completa la asistencia por teléfono y el plan especial de asistencia en pequeños municipios, que permiten que los contribuyentes puedan ser atendidos hasta el final de la Campaña de manera personalizada, con disponibilidad habilitada de forma progresiva.

Solicitud de cita

Es necesaria cita previa para la confección y presentación de la declaración de Renta 2025 a través de este servicio, que puede solicitarse desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio.

Las vías previstas para solicitar cita son las siguientes:

  • Internet con NIF/NIE o con Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.
  • App «Agencia Tributaria».
  • Teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
  • Teléfono de cita para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

Anulación de cita

La Agencia Tributaria recuerda que los ciudadanos pueden anular su cita por cualquiera de las vías ofrecidas para su obtención, si han decidido no hacer uso de ella.

En ese sentido, se recomienda anular la cita en caso de que no se vaya a utilizar, a fin de evitar una eventual pérdida de citas en perjuicio del conjunto de los contribuyentes.

Documentación para confeccionar la Renta 2025 en oficina

La AEAT recuerda que, a estos efectos, el contribuyente debe llevar la documentación sobre su situación personal y, en todo caso:

  • DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
  • Número IBAN de cuenta bancaria.
  • Referencias catastrales de todos los inmuebles en propiedad o en los que se viva de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).
  • Autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI (miembros de la unidad familiar o terceros) para realizar y en su caso presentar la declaración en su nombre.
  • Modelo de autorización.

Además, según indica la Agencia Tributaria, también será necesario preparar documentos específicos en el caso de haber obtenido los siguientes tipos de rentas, si no aparecen imputadas en los datos fiscales: rendimientos del trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario, de actividades económicas en módulos, ganancias y pérdidas patrimoniales. Igualmente, habrá que preparar los justificantes que den derecho a deducciones autonómicas u otros beneficios fiscales.

Puede obtenerse información más detallada a este respecto en la sede electrónica de la AEAT.

 

Fuente: Agencia Estatal de Administración Tributaria (29/05/2026).

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