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Última revisión
26/02/2025

Resolución modificando los controles mínimos sobre las jornadas de trabajo de los conductores en el transporte por carretera

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Materias: laboral, administrativo

Fecha: 26/02/2025

El BOE del 25/02/2025 publica la Resolución de 21 de febrero de 2025 modificando los controles mínimos sobre las jornadas de trabajo de los conductores en el transporte por carretera.


Resolución modificando los controles mínimos sobre las jornadas de trabajo de los conductores en el transporte por carretera

La Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, modifica la Resolución de 18 de marzo de 2022, estableciendo los controles mínimos sobre las jornadas de trabajo de los conductores en el transporte por carretera. Esta modificación se realiza para incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva Delegada (UE) 2024/846, que ajusta la Directiva 2006/22/CE en relación con la legislación social sobre las actividades de transporte por carretera.

Las principales novedades introducidas por esta resolución son las siguientes:

1. Actualización de la escala de infracciones: Se ha modificado el anexo III de la Resolución de 18 de marzo de 2022, actualizando la escala de infracciones de los Reglamentos (CE) n.º 561/2006 y (UE) n.º 165/2014. Las infracciones se dividen en categorías según su gravedad: infracción muy grave con pérdida de honorabilidad directa (LIMG), infracción muy grave (IMG), infracción grave (IG) e infracción leve (IL).

2. Nuevas categorías de infracciones:

    • Tiempos de conducción: Se han detallado las infracciones relacionadas con la superación de los tiempos de conducción diarios y semanales, así como las infracciones por no respetar los períodos de descanso.
    • Uso del tacógrafo: Se han especificado las infracciones relacionadas con el uso incorrecto del tacógrafo, la tarjeta de conductor y la hoja de registro, incluyendo la utilización de dispositivos fraudulentos.
    • Organización del trabajo: Se han incluido infracciones relacionadas con la organización del trabajo por parte de la empresa, como no permitir que los conductores regresen a su lugar de residencia o centro de operaciones.

3. Gravedad de las infracciones: Las infracciones se clasifican en función de su gravedad, afectando directamente a la honorabilidad del conductor o de la empresa. Las infracciones muy graves pueden llevar a la pérdida del requisito de honorabilidad, lo que tiene consecuencias significativas para la continuidad de la actividad profesional

En resumen, esta resolución adapta la normativa española a las nuevas disposiciones europeas, estableciendo un marco más detallado y riguroso para el control de las jornadas de trabajo de los conductores en el transporte por carretera, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y la competencia en el sector.

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