Última revisión
El sabor de un alimento no está protegido por el derecho de autor.
La J-47829066 resuelve el caso planteado por una sociedad neerlandesa que adquirió los derechos de propiedad intelectual sobre un queso «Heksenkaas» (queso para untar a base de nata fresca y finas hierbas) que consideraba que otra empresa productora de otro queso «Witte Wievenkaas» vulneraba los derechos de autor sobre el sabor de su queso, considerándolo como una obra protegida por el derecho de autor, y amparada por la L-469458
El TJUE en la citada sentencia, pone de relieve que, para obtener la protección de los derechos de autor en virtud de la Directiva, el sabor de un alimento debería poder ser calificado de «obra», en el sentido de dicha norma. Esa calificación implica, en primer lugar, que el objeto en cuestión sea una creación intelectual original, y exige asimismo una «expresión» de esta creación intelectual original.
Llega a la conclusión de que el concepto de ?obra? contemplado en la Directiva, implica necesariamente una expresión del objeto de la protección con arreglo al derecho de autor que lo identifique con suficiente precisión y objetividad.
Expresa que, ?con arreglo al Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, adoptado en el ámbito de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y al que se adhirió la Unión 2 y al Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor, 3 del cual es parte la Unión, la protección del derecho de autor abarca las expresiones pero no las ideas, los procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí.?
?El sabor de un alimento no puede ser calificado de «obra» y que, por lo tanto, no goza de la protección del derecho de autor con arreglo a la Directiva?.
Aclara que no es posible identificar de manera precisa y objetiva el sabor de un alimento, la identificación del sabor de un alimento se basa esencialmente en sensaciones y experiencias gustativas, que son subjetivas y variables, ya que dependen, en particular, de factores relacionados con la persona que prueba el producto en cuestión, como su edad, sus preferencias alimentarias y sus hábitos de consumo, así como del entorno o del contexto en que tiene lugar la degustación del producto.