Última revisión
04/12/2025
Se habilita el número 018 como línea nacional de atención gratuita a víctimas de siniestros de tráfico

Se ha publicado en el BOE la resolución de 24 de noviembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se atribuye el número 018 al servicio de línea de atención a víctimas de siniestros de tráfico. Este nuevo servicio, de carácter gratuito y gestionado por la Dirección General de Tráfico (DGT), permitirá ofrecer apoyo profesional integral a las personas afectadas y sus familias en respuesta al grave impacto físico, emocional y social que supone la siniestralidad vial en el país.
Con aproximadamente 1.800 fallecidos y más de 9.500 personas hospitalizadas cada año a causa de siniestros viales, además de superar las 130.000 víctimas de cualquier gravedad, el drama de los accidentes de tráfico sigue constituyendo una de las principales preocupaciones de la seguridad vial en España. A las consecuencias físicas directas se suman los daños emocionales, sociales y económicos que afectan a víctimas y allegados, imponiendo un enorme coste individual y colectivo.
En línea con los compromisos internacionales —como la Declaración de Estocolmo (2020) y el Decenio de Acción para la Seguridad Vial de la ONU 2021-2030—, la Estrategia de Seguridad Vial 2030 del Gobierno subraya la necesidad de situar la atención a las víctimas en el centro de las políticas públicas. El servicio telefónico 018 busca precisamente garantizar una respuesta integral y coordinada en los momentos críticos posteriores a un siniestro.
La línea 018 ha sido concebida como un recurso de «interés social» dentro del Plan nacional de numeración telefónica, lo que implica que estará disponible en todo el territorio nacional, en redes fijas y móviles, y será completamente gratuita para quienes llamen. Las víctimas, así como sus familias, podrán acceder a través de este canal a la atención especializada de profesionales en trabajo social, psicología y asesoría jurídica, así como recibir orientación, seguimiento individualizado y apoyo en la coordinación con asociaciones de víctimas y organismos públicos o privados relevantes.
Cabe destacar que este servicio no requerirá registro previo ni ningún tipo de trámite por parte de los usuarios. Además, el 018 funcionará como número identificador en caso de que el propio servicio de atención precise contactar de vuelta con el ciudadano para la gestión o seguimiento de un caso.
La resolución establece un estricto marco de funcionamiento para la línea de atención 018. Las llamadas estarán exentas de cualquier actividad comercial, de entretenimiento o publicidad y únicamente se destinarán a la atención de las víctimas, prohibiendo cualquier uso con fines lucrativos. El servicio tendrá carácter permanente, evitando que pueda limitarse a campañas puntuales, y en caso de no estar disponible, informar siempre sobre su disponibilidad a las personas que llamen.
Para asegurar el adecuado desarrollo y seguimiento del servicio, se estipula que el operador del 018 deberá aportar una memoria técnica previa a su puesta en marcha, así como informes estadísticos anuales detallados sobre el volumen y características de las llamadas atendidas, permitiendo a las autoridades un seguimiento riguroso de su disponibilidad y eficacia. El incumplimiento reiterado de las condiciones de prestación, o la falta de uso continuado durante al menos un año, podría acarrear la retirada del número otorgado y la derogación de la atribución.
