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Última revisión
03/12/2025

Se implementa el pago telemático y voluntario de tasas para solicitar el pasaporte ordinario

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Materias: administrativo

Fecha: 03/12/2025

El Ministerio de Asuntos Exteriores ha aprobado una nueva orden que habilita el pago telemático y voluntario de la tasa para solicitar el pasaporte ordinario, modernizando su gestión y reduciendo cargas administrativas.

Se implementa el pago telemático para solicitar el pasaporte


El Boletín Oficial del Estado del 3 de diciembre de 2025 publica la Orden AUC/1366/2025, del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de 26 de noviembre de 2025, por la que se aprueban las normas de gestión del pago por vía telemática de la tasa de solicitud de expedición de pasaporte ordinario regulada por la Ley 9/2011, de 10 de mayo, de tasas consulares, que se efectúa a través de la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, es decir, el 4 de diciembre de 2025.

El objeto de esta orden es el de regular el pago telemático y voluntario de la tasa aplicable a la solicitud de expedición del pasaporte ordinario, facilitando su gestión a través de la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y, en su caso, mediante los enlaces disponibles en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La medida se fundamenta en los dispuesto en la Ley 9/2011, de 10 de mayo, que permite la implantación de sistemas garantizados de pago electrónico.

La Orden detalla la incorporación del sistema de autoliquidación tributaria, prevista en la Ley 8/1989, de 13 de abril, para esta tasa consultar. En este sentido, se establece que el sujeto pasivo deberá efectuar el pago mediante el modelo 790, habilitado específicamente en la sede electrónica del Ministerio, y cuyo importe se fijará siempre en euros.

Por último, concreta la Orden que los medios de pago aplicables conforme al Reglamento General de Recaudación, incluyendo el uso de entidades colaboradoras y plataformas telemáticas. Asimismo, desarrolla el marco reglamentario necesario para integrar estos pagos en la plataforma electrónica de la AEAT, garantizando un sistema seguro y transparente que permita reducir cargas administrativas y mejorar la eficiencia de los servicios consulares.

La Orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en relaciones internacionales, prevista en el artículo 149.1.3º de la Constitución Española, y se enmarca en la estructura orgánica del Ministerio establecida en el Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre.

Con la publicación de esta Orden, se impulsa la modernización de la gestión consular, asentando las bases para el desarrollo de sistemas automatizados de pago electrónico en los trámites prestados por las Oficinas Consulares en el exterior.

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