Se modifica el convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional
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Última revisión
15/12/2023

Se modifica el convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: laboral

Fecha: 15/12/2023

Publicado en el BOE del 8 de diciembre de 2023 la actualización de convenio colectivo para los futbolistas profesionales con un sueldo mínimo garantizado de 7.500 euros/mes en primera división y 5.000 en segunda.


Se modifica el convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional
Se modifica el convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional


La Resolución de 27 de noviembre de 2023 de la Dirección General de Trabajo por la que se registra y publica el Acta de acuerdo de modificación del Convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional (BOE 12/12/2023) ha supuesto la modificación del convenio para futbolistas profesionales, cuya vigencia inicial había finalizado el pasado 30 de junio de 2020, en aspectos como:

Duración (art. 4)

Se extiende la vigencia del actual convenio hasta el 30 de junio de 2026 (aplicándose de manera retroactiva desde el 1 de julio de 2022).

Vigencia (art. 5)

El convenio colectivo quedará prorrogado en su totalidad por períodos sucesivos de cuatro años si no fuera denunciado, por cualquiera de las partes, con al menos seis meses de antelación a la fecha de su finalización o a la de cualquiera de sus prórrogas.

Días de descanso y permisos especiales (art. 11)

Se establecen determinadas fechas navideñas como días de descanso:

  • Temp. 2023-24: del 24 de diciembre de 2023 al 1 de enero de 2024. Los días 2, 3 y 4 de enero se podrán disputar encuentros atendiendo al criterio de proximidad geográfica y facilidad de desplazamiento.
  • Temp. 2024-25: del 23 de diciembre de 2024 al 2 de enero de 2025.
  • Temp. 2025-26: del 23 de diciembre de 2025 al 1 de enero de 2026. El día 2 de enero se podrán disputar encuentros atendiendo al criterio de proximidad geográfica y facilidad de desplazamiento

Asimismo, tampoco se celebrarán o disputarán partidos de cualquier otro tipo, ni se programarán ninguna de las actividades a que se refiere el artículo 8 del convenio los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero de los años de vigencia del presente convenio.

Contrato de trabajo (art. 12 y anexo I)

Se actualiza el modelo de contrato-tipo.

Sueldo mensual (art. 24 y anexo II)

Se modifican las cuantías mínimas a percibir por los jugadores a lo largo de las temporadas 2022-2023, 2023-2024, 2024-2025 y 2025-2026. Así, para la temporada 2022-2023, los jugadores de primera división percibirán 7.500 euros al mes, mientras que los de segunda división, 5.000 euros. Estas cantidades se actualizarán con el IPC correspondiente, siendo la limitación máxima del 5%. En concreto, para la temporada 2022/2023, se establecen doce sueldos mensuales de una cuantía mínima de:

1.ª División: 7.500,00 euros/mes.

2.ª División: 5.000,00 euros/mes.

Premio de antigüedad (art. 32)

se modifica el art. 32.2 del convenio colectivo, sustituyendo las cuantías mínimas del premio de antigüedad de las temporadas ya pasadas por nuevas cuantías para las temporadas 2022/2023 a 2025/2026, modificando también la redacción de lo que ha de entenderse por IPC.

Indemnización por muerte, gran invalidez, incapacidad permanente absoluta e incapacidad permanente total (art. 34)

Se extiende la cobertura por accidente a la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez, y se añade un nuevo esquema de indemnizaciones por muerte, gran invalidez, incapacidad permanente absoluta e incapacidad permanente total para las temporadas 2022-2023: 

200.000,00 euros para el supuesto de muerte, gran invalidez o incapacidad permanente absoluta, que será abonada por el club/SAD.

50.000,00 euros para el supuesto de incapacidad permanente total será abonada a través de una póliza de seguro suscrita a partes iguales por AFE y la LNFP.

Para las siguientes temporadas se aplicará lo previsto para la temp. 2022/2023 + el IPC acumulado.

Fondo Social (art. 43)

La AFE participará en el fondo social, con nuevas cuantías para las temporadas 2022-2023 a 2025-2026:

Temporada 2022/2023: 4.750.000,00 euros.

Temporada 2023/2024: 5.000.000,00 euros.

Temporada 2024/2025: 5.200.000,00 euros.

Temporada 2025/2026: 5.400.000,00 euros.

Relación laboral especial del futbolista profesional.


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