Última revisión
07/11/2016
Según los datos de Seguridad Social actualmente se ingresa por esta vía el 54,1 por ciento de todas las cuotas de los asalariados.

Siguiendo la noticia publicada por la revista “Seguridad Social Activa”, en el periodo enero-septiembre, último mes con datos cerrados hasta la fecha, el nuevo modelo para que las empresas abonen las cuotas de sus trabajadores ha permitido la liquidación de 7.304 millones de euros en el año 2015 y de un total de 37.840 millones en lo que llevamos de 2016. Igualmente hasta finales de octubre, se ha notificado la obligatoriedad de incorporarse a este sistema a más de 1,6 millones de empresas a través de sus Códigos de Cuenta de Cotización. El número de trabajadores englobados en la actualidad por este Sistema de Liquidación Directa asciende a 8.794.695 personas.
Este último mes se ha notificado la obligatoriedad de incorporarse al Sistema a los ayuntamientos, diputaciones, cabildos y las comunidades autónomas de Madrid, Asturias, Canarias, Castilla-La Mancha y Comunidad Valenciana, extienden al ámbito de las Administraciones Públicas, los beneficios del nuevo sistema de cotización, por el que se pretende:
- Descargar a las empresas de la labor de cálculo de las cuotas de sus trabajadores.
- Ofrecer seguridad a los trabajadores: de esta forma tienen la certeza de que están cotizando correctamente.
- Limitar al máximo los posibles casos de fraude.
¿Cómo se realiza la implantación obligatoria en la empresa?
La implantación se lleva a cabo mediante una notificación por parte de la Seguridad Social de obligatoriedad a las empresas que sean seleccionadas por cumplir los requisitos necesarios para su incorporación en el sistema de liquidación directa. Desde el 1 de enero de 2015 la TGSS seleccion paulatinamente empresas para que vayan incorporando al sistema, dando un periodo de transición hasta el desarrollo reglamentario de la Ley 34/2014, de 26 de diciembre, que se ha publicado mediante el Real Decreto 708/2015, de 24 de julio, con efectos de 26 de julio de 2015. Inicialmente en 2015 se seleccionó aquellas empresas que cumplían tres requisitos:
- estar inscritas en el Régimen General.
- tener modo de pago normal.
- no tener colectivo de Administración Pública, con independencia de su situación de alta o baja.
¿Para cuando la implantación total?
La TGSS pretende realizar íntegramente la factura por vía telemática en 2017
Ampliar información en comentario "Sistema de Liquidación Directa. (Sistema Creta)"
