Solicitado un informe a un grupo de expertos grupo de expertos para determinar e...TSJUE de 14/09/2016.
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Última revisión
14/11/2016

Solicitado un informe a un grupo de expertos grupo de expertos para determinar el alcance de la STSJUE de 14/09/2016.

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Materias: laboral

Fecha: 14/11/2016

Solicitado un informe a un grupo de expertos grupo de expertos para determinar el alcance de la STSJUE de 14/09/2016.
Solicitado un informe a un grupo de expertos grupo de expertos para determinar el alcance de la STSJUE de 14/09/2016.

El Gabinete de Comunicación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha publicado el inicio del análisis, por parte de un Grupo de Expertos designados a propuesta del Gobierno, de los efectos de la Tribunal de Justicia de la Union Europea, nº C-596/14, de 14/09/2016, así como su impacto en el ámbito de las relaciones laborales inicia sus trabajos.

Según el comunicado publicado, la creación de este Grupo se acordó en el marco del diálogo social, en la reunión que la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez y los representantes de las organizaciones sindicales, CC.OO. y UGT, y empresariales, CEOE y CEPYME, celebraron el pasado día 17.

El grupo de Expertos lo forman por Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, Joaquín Pérez Rey, José María Miranda Boto, Jordi García Viña, Teresa Díaz de Terán, y Alfredo Montoya Melgar, quien actuará como coordinador del mismo.

Propuestas para la estabilidad laboral

En la citada reunión se acordó que, de cara a garantizar la seguridad jurídica de las empresas y reforzar la estabilidad laboral de los trabajadores, expertos, a propuesta de cada una de las partes, estudien la citada sentencia y el alcance de la misma, y elaboren una propuesta, de manera que permita tomar decisiones en el ámbito del diálogo tripartito.

Temas que han de aclarar con urgencia

Las repercusiones sobre la indemnización por finalización de contrato temporal de la Sentencia Tribunal de Justicia de la Union Europea, nº C-596/14, de 14/09/2016, son evidentes:

- La actual indemnización prevista a la finalización del contrato temporal (apdo. 1. c) Art. 49 ,ET) comprenden entre ocho y 12 días por año trabajado en función del año de la firma del contrato de trabajo

- Los contratos de interinidad, por su parte, no tienen prevista ninguna indemnización ante la finalización de la relación laboral.

En la práctica, son la STSJUE, se equiparará los costes del despido de los trabajadores temporales a los trabajadores fijos en caso de despido procedente, lo que supondrá que los tribunales puedan reconocer, en el curso de un proceso laboral, el abono de una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, ante la extinción de cualquier contrato temporal.

¿Con que panorama se encuentran?

Los Tribunales Superiores de Justicia han comenzado a equipar los derechos de los trabajadores con contratos temporales a los de los empleados fijos cuando finaliza la relación laboral a falta de  una reforma legislativa. Como ejemplo, la STSJ País Vasco 18/10/2016 (R. 1690/2016) ha aplicado la sentencia del Tribunal de Justicia de la Union Europea, nº C-596/14, de 14/09/2016, promulgada durante la tramitación del Recurso, igualando los costes del despido de trabajadores fijos y temporales con la pertinente elevación de la indemnización ante extinción de un contrato temporal de 12 días a la de 20 por despido objetivo.

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