Cantabria y Castilla-La M...a Juvenil.

Última revisión
16/01/2017

Cantabria y Castilla-La Mancha abren el plazo para la solicitud de ayudas relacionadas con el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 7 min

Materias: laboral

Fecha: 16/01/2017

Subvenciones dirigidas al fomento del emprendimiento o contratación en cualquier sector de «ninis» en Cantabria y Castilla-La Mancha.

Comunidad Autónoma de Cantabria. Convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Normativa

Orden ECD/1345/2016, de 3 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, (BOE de 5 de agosto de 2016).

Extracto de la Resolución de 7 de diciembre de 2016, de la Dirección General de la Fundación EOI, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las empresas de cualquier sector, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.), con sede o centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos, realicen contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Objeto

El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones en concepto de ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años que cumplan los requisitos del sistema de Garantía Juvenil y no tengan ninguna ocupación laboral.

La actividad objeto de ayuda es la contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Se entiende por personal a contratar aquellos jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:

Encontrarse Inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Estar empadronados en el ámbito geográfico de la Comunidad de Cantabria.

Haber participado en una acción formativa desarrollado por EOI en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Cuantía

El gasto total para esta convocatoria será de 130.000,00 euros y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Convenio de colaboración entre la Fundación EOI y el Ayuntamiento de Santander suscrito el 17 de diciembre de 2015, y se cofinanciará en un 91,89 % con Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la iniciativa de Empleo Juvenil (YEI), y el 8,11 % restante será aportado por el Ayuntamiento de Santander.

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en 5.000,00 euros por contrato, no pudiendo superar este importe el 90 % del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.

A estos efectos no se considerarán subvencionables las horas extraordinarias, incentivos, primas o gratificaciones voluntarias, o cualquier otra indemnización no prevista en la legislación laboral. Tampoco se considerarán subvencionables los kilómetros y las dietas, la ropa de trabajo, las remuneraciones en especie, el pago de vacaciones no disfrutadas, las ausencias, las incapacidades temporales, ni las situaciones recogidas en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, ni ningún tipo de indemnización, por extinción del contrato, de las previstas en el Estatuto de los Trabajadores.

Plazo de presentación de solicitudes

Treinta días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE (15 de enero de 2017).

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes de más de dieciocho años y menores de treinta años, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada que puedan iniciar un proyecto emprendedor y generar autoempleo, del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Normativa

Extracto de la Resolución de 11 de noviembre de 2016, de la Dirección General de la Fundación EOI, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes de más de dieciocho años y menores de treinta años, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada que puedan iniciar un proyecto emprendedor y generar autoempleo, del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Orden ECD/1346/2016, de 3 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (BOE de 5 de agosto de 2016).

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los jóvenes de más de dieciocho años y menores de treinta años, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada que puedan iniciar un proyecto emprendedor y generar autoempleo, con residencia en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que cumplan los requisitos y condiciones establecidos, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Objeto

El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones en concepto de ayudas ayudas es que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación, de más de dieciocho años y menores de treinta años, puedan iniciar un proyecto emprendedor y generar autoempleo.

Las actividades objeto de ayuda serán el inicio de la actividad emprendedora y los gastos necesarios para el desarrollo de la misma.

Cuantía.

El gasto total para esta convocatoria será de 200.000,00 euros y se realizará con cargo al presupuesto de gastos de la subvención de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, a la Fundación EOI, para el desarrollo de un programa de formación dirigido a fomentar el emprendimiento en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, regulada por el Decreto 229/2015, de 20/12/2015. Se cofinanciará en un 91,89% con Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la iniciativa de Empleo Juvenil (YEI), y el 8,11% restante será aportado por la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha.

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en 3.000,00 euros por beneficiario o beneficiaria para la cobertura de la actividad económica realizada en los 6 meses siguientes desde el inicio formal de la actividad de emprendimiento. Esta cantidad no podrá superar el 75 % del importe de los gastos subvencionables.

A estos efectos no se considerarán subvencionables:

  • Gastos financieros.
  • Cotizaciones a la Seguridad Social
  • El Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Obra civil, terrenos y edificios.
  • Vehículos de transporte.
  • Gastos de comidas y manutención, gastos de locomoción y viajes.
  • Costes indirectos, entendidos como aquellos que, por su naturaleza, no pueden imputarse de forma directa por no poder individualizarse.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Plazo de presentación de solicitudes.

Treinta días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE (15 de enero de 2017)

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.