Última revisión
27/04/2015
La sentencia de separación de mutuo acuerdo no había sido notificada en el momento del fallecimiento
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de una mujer que solicitaba que se anulase el divorcio que estaba en trámite porque el exmarido falleció antes de que se le fuera notificada la sentencia que formalizaba la separación de mutuo acuerdo.
La solicitada nulidad hubiese convertido a la mujer en viuda, hecho que le permitiría cobrar la pensión de viudedad. De la misma forma también había pedido subsidiariamente una pensión compensatoria en el proceso de divorcio, que le fue negada en su momento, estableciéndose que no procedían medidas de carácter económico, ya que su exmarido había alegado que la duración del matrimonio había sido menor de cuatro años y ambos cónyuges vivían de forma independiente con sus ingresos.
El Supremo entiende que la acción de divorcio no se extingue por la muerte del esposo debido a que el proceso siguió su curso por petición de ambos cónyuges y la sentencia posterior así lo ratificó.
