Los trabajadores autónomo... Social. 

Última revisión
10/02/2015

Los trabajadores autónomos podrán seguir beneficiándose en 2.015 de la tarifa plana de 50 euros de cotización a la Seguridad Social. 

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Materias: laboral

Fecha: 10/02/2015

Tarifa plana para autónomos 2015

La duración de la bonificación varía en función de la edad del trabajador autónomo y siempre que el nuevo autónomo:

  • No sea administrador de alguna sociedad.
  • No haya estado dado de alta como autónomo durante los últimos cinco años.
  • No tenga la consideración de autónomo colaborador.
  • Que no haya recibido alguna bonificación anterior en el régimen especial de trabajadores autónomos.

COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL APLICABLE A LOS JÓVENES TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA.

El art. 1, Ley 11/2013 de 26 de Jul, modificando la DA35, , instaurando la posibilidad de aplicar reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes en los términos y condiciones siguientes:

  • Beneficiarios:
  1. Trabajadores por cuenta propia menores de 30 años (mujeres menores de 35 años).
  2. Alta inicial en el RETA.
  3. Alta a los 5 años posteriores a la baja en el RETA
  4. Alta inicial o a los 5 años posteriores a la baja en el RETA de Socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado.
  • Exclusión
  1. Quedan excluidos de la aplicación de la medida los autónomos que empleen trabajadores por cuenta ajena.
  • Cuantía:
  1. Reducción del 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta.
  2. Reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período señalado en el punto anterior.
  3. Reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en el punto precedente.
  4. Bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción.

Las reducciones y bonificaciones se aplicarán sobre la cuota por contingencias comunes, excepto en la incapacidad temporal, resultante de aplicar a la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento. Tanto en este supuesto como en todos los contemplados en el RDL los empleadores aplicarán las reducciones y bonificaciones con carácter automático en los correspondientes documentos de cotización (DA1, Ley 11/2013 de 26 de Jul).

  1. Período: máximo de 30 meses.

Debe tenerse en cuenta que la posibilidad de opción por este nuevo sistema de reducciones y bonificaciones respecto a las ya establecidas con anterioridad viene limitado por el plazo que acaba de mencionarse, de modo que el cómputo total de las mismas no podrá superar las 30 mensualidades.

REDUCCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL APLICABLES A LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA

El art. 29, Ley 14/2013 de 27 de Sep , introduciendo la (bis) DA35, , instaura la posibilidad de aplicar reducciones sobre la cuota por contingencias comunes en los términos y condiciones siguientes:

  • Beneficiarios:
  1. Trabajadores por cuenta propia con 30 o más años de edad (hombres y mujeres)
  2. Alta inicial en el RETA.
  3. Alta en el RETA sin haber estado en alta en los 5 años inmediatamente anteriores desde la fecha de efectos del alta.
  4. Alta inicial o a los 5 años posteriores a la baja en el RETA de Socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado.
  5. No ser administrador de una sociedad mercantil.
  6. No ser autónomo colaborador.
  7. No tener pluriactividad con trabajo por cuenta ajena y propia
  • Exclusión
  1. Quedan excluidos de la aplicación de la medida los autónomos que empleen trabajadores por cuenta ajena.
  • Cuantía:
  1. Reducción del 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta.
  2. Reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período señalado en el punto anterior.
  3. Reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período señalado en el punto precedente.

Las reducciones se aplicarán sobre la cuota por contingencias comunes, siendo la cuota a reducir el resultado de aplicar a la base mínima de cotización que corresponda el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, incluida la incapacidad temporal

  1. Período: máximo de 18 meses.

¿QUÉ AHORRO SUPONE A EFECTOS PRÁCTICOS LA TARIFA PLANA PARA LOS AUTÓNOMOS?

La cuantía de la tarifa plana varía a lo largo de los primeros meses de actividad, estableciéndose tres tramos de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización, incluyendo la incapacidad temporal:

  • Cuota mínima de autónomos 2015 →  264,44 euros/mes

Primeros seis meses

80% de reducción de la cuota

52,88 euros (ahorro de 211,55)

Del mes 7 al 12

50% de reducción durante el segundo semestre

132,32 euros

(ahorro de 132,22)

Meses 13 al 18

30% de reducción durante el siguiente semestre

185,10 euros

(ahorro de 79.32)

Mes 19 al 34

Jóvenes menores de 30 años y mujeres menores de 35 tienen bonificación adicional 30 % de la cuota

185,10 euros

(ahorro de 79.32)

¿PUEDEN DISFRUTAR DE LA TARIFA PLANA LOS AUTÓNOMOS QUE CONTRATEN TRABAJADORES?

Entre las medidas que se han programado, el Ministerio de Empleo ha anunciado:

  • La extensión de la tarifa plana a aquellos autónomo ya constituidos que creen su primer empleo y contraten a un menor de 30 años (ayuda, que inicialmente se prevé, compatible además con cualquier tipo de contrato bonificado);
  • Eliminar la exclusión de los nuevos emprendedores que se dan de alta como empleadores para acogerse a esta tarifa y,
  • Que aquellos autónomos que ya están acogidos a ella no la pierdan si contratan.

No obstante, HASTA LA FECHA ESTO NO SE HA PLASMANDO NORMATIVAMENTE.

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