Última revisión
El TC declara inconstitucional el archivo de los procesos contra liquidaciones del impuesto de plusvalía en Navarra.
El Pleno del Tribunal Constitucional dicta sentencia por la estima la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona y ha declarado inconstitucional y nulo el apartado 4, 2 de la disposición transitoria única de la
El TC considera que el apartado de la disposición transitoria única es contrario al reparto de competencias del art. 149.1. 6ª
Afirma el Constitucional, que tampoco se garantiza que ?la nueva liquidación vaya a ser favorable para los intereses del justiciable (mientras ésta no se dicte, la anterior, que ha quedado excluida del control judicial, seguirá produciendo sus efectos)?, es decir, que vaya a producirse una satisfacción extraprocesal de su pretensión. En este sentido, el apartado 4, 2 de la disposición transitoria única añadía que en caso de disconformidad tendría el afectado que iniciar una nueva impugnación jurisdiccional, con la consiguiente pérdida de tiempo y dinero. Tales reglas son las que resultan objeto de anulación.