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Última revisión
27/12/2017

El Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Policías de Navarra

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Materias: administrativo

Fecha: 27/12/2017

Tribunal Constitucional

El Pleno del Tribunal Constitucional, en sentencia de 21 de diciembre de 2017, ha declarado inconstitucionales y nulos varios artículos de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, que reforma la regulación de las Policías de Navarra, por entender que los mismos vulneraban la competencia exclusiva del Estado, concretamente "en materia de función pública y seguridad pública" y por contravenir "el derecho de acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos". Dicha sentencia, que cuenta con un voto particular, acaba por estimar parcialmente el recurso presentado en su día por la presidencia del Gobierno Central y, finalmente declara inconstitucionales y nulos, como ya se ha apuntado: 

  • El párrafo primero del apartado 1 y el apartado 2 del artículo 5 ter. de la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra, en la redacción dada por el apartado Tres del artículo único de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril.

  • El apartado veinte del artículo único de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril (por cuanto modifica el artículo 34.1 de la Ley Foral 8/2007 en lo que respecta a la aplicación a los Cuerpos de Policía Local de su inciso final ?o que cuenten con más de cinco años de antigüedad en dicho empleo, aunque carezcan de titulación?).

  • El apartado veintiuno del artículo único de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril (por cuanto modifica el artículo 35.1 de la Ley Foral 8/2007 en lo que respecta a la aplicación a los Cuerpos de Policía Local de su inciso final ?o que cuenten con más de cinco años de antigüedad en dicho empleo, aunque carezcan de titulación?).

  • El inciso ?solo? del artículo 57.1 de la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, en la redacción dada por el apartado treinta y cuatro del artículo único de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, (en cuanto a su aplicación a los Cuerpos de Policía Local exclusivamente).

  • La Disposición adicional primera de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril.

Fuente: TC

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