Declara constitucional el...lenciana.

Última revisión
04/03/2015

Declara constitucional el impuesto estatal, desestimando el recurso del Parlamento de Cataluña, y anula el impuesto de la Comunitat Valenciana.

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Materias: fiscal, contable, mercantil, administrativo

Fecha: 03/03/2015

El Tribunal Constitucional le da la razón al Estado acerca del impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito.
El Tribunal Constitucional le da la razón al Estado acerca del impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso presentado por el Parlamento de Cataluña contra el , mediante el que se creó el Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito, declarando la constitucionalidad del mismo.

Este Impuesto, que entró en vigor el 1 de enero de 2013, inicialmente con tipo de gravamen cero, fue creado por el Estado con la finalidad de armonizar la tributación sobre los depósitos bancarios en todo el territorio nacional.

El recurso interpuesto en su momento por el Parlamento de Cataluña se fundamentaba en que un Impuesto sobre depósitos con tipo cero no constituye un verdadero gravamen y, por tanto, no puede impedir que las Comunidades Autónomas establezcan sus propios impuestos sobre depósitos por no producirse una verdadera colisión entre ambos.

El Tribunal admite en su sentencia que se pueden crear tributos con tipo cero, sin que ello implique la inexistencia del gravamen ni impida que se produzca una colisión entre el impuesto estatal y el autonómico que gravan el mismo hecho imponible. Esta coincidencia de hechos imponibles está prohibida en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, lo que conlleva que el impuesto autonómico será inconstitucional.

Siguiendo con esta misma doctrina y, en una segunda sentencia, el Constitucional ha declarado la nulidad del Impuesto sobre Depósitos de la Comunidad Valenciana, ya que considera que su hecho imponible coincide con el del impuesto estatal, cuya constitucionalidad ha confirmado.

Cabe recordar que el Estado interpuso recursos similares contra las leyes reguladoras de los impuestos de depósitos de Cataluña y Asturias, que en la actualidad están pendientes de sentencia.

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