"Dicta sentencia en la qu... infantil.

Última revisión
26/01/2015

"Dicta sentencia en la que posibilita que puedan ser castigados con hasta 9 años de prisión a los poseedores de material pornográfico infantil.

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Materias: penal

Fecha: 26/01/2015

El Tribunal Supremo agrava la pena por pornografía infantil

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La sentencia castiga a un hombre, que tenía en su poder 290.000 archivos con fotos y videos de prácticas sexuales con menores de edad, el cual ya había sido condenado por la Audiencia de Madrid por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil, con la atenuante de confesión, a 2 años y 4 meses de prisión.

La Audiencia no le aplicó las agravantes previstas en el artículo 189 del Código penal relativas al trato particularmente degradante o violento, por considerar que solo pueden ser impuestas a los productores de dicho material.

El Tribunal Supremo, por su parte, entiende que podrán ser aplicadas también a los que lo posean o distribuyan, y agrava la pena del condenado hasta los 5 años de prisión.

Con esta nueva doctrina, se posibilita que tanto los poseedores como distribuidores de material pornográfico infantil (además de los productores), le puedan ser aplicadas las agravantes de trato particularmente degradante o violento para los menores. No así, la agravante de utilización de menores de 13 años, la cual se aplicará, exclusivamente, a los productores de material pornográfico.

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